"Crueldad mental"

Lunes 29 de Septiembre 2014

Un hombre, desconsolado porque su mujer no quería tener relaciones íntimas, inició una demanda lelga y la Justicia le dio la razón.

Que una mujer se niegue a tener sexo en el matrimonio fue catalogado como "crueldad mental" y, por lo tanto, es considerado como causal de divorcio. La decisión fue tomada por la Corte Suprema de Chennai ante la demanda que presentó un esposo disconforme con la negativa de su mujer de mantener relaciones íntimas.
 
Savitha y Keshav, una pareja de novios, contrajo nupcias en abril de 2005. Poco después se fueron a vivir a Londres, pero a los ocho meses regresaron a Chennai, porque el amor se había terminado. El esposo tuvo que volver solo al Reino Unido porque su mujer se negó a acompañarlo.
 
Ante esta situación, Keshav decidió separarse, determinación  que se trasladó al tribunal de su país natal. Alegó que cuando su esposa convivía con él en Londres se volvió loca e histérica, pero eso no fue todo, el joven alegó que la situación se agravó porque se negaba a sostener relaciones sexuales.
 
No obstante, la mujer se defendió diciendo que no cooperaba porque su marido quería hijos a los dos años de matrimonio pidiendo así a la corte “restaurar los derechos conyugales”, petición que el tribunal desestimó y en cambio concedió el divorcio.
 
“No está interesada en el matrimonio y durante la luna de miel en Escocia estuvo de mal humor, sin emociones y anormalmente tranquila", fue el argumento con el que Keshav convenció al tribunal quien lo apoyo con las palabras: "Aun suponiendo que él no quería tener hijos después de dos años, no significaba que no podían tener relaciones sexuales, pudieron usar anticonceptivos”.
 
Fue entonces cuando la Corte Suprema dictaminó que la "Crueldad mental podría causar más daño que el daño físico”. Keshav obtuvo el divorcio. Savitha quedó disconforme con la decisión judicial y reclamó una pensión alimenticia. Su demanda se tramita en los tribunales de Chennai.

Con información de La Capital

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