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Santa Fe
Licencia por maternidad: veto y reducción de 180 a 105 días
Miércoles 05 de
Noviembre 2014
Con esta propuesta del Poder Ejecutivo, se suman quince días al beneficio actual. En los argumentos, se plantean dificultades presupuestarias y administrativas, y una disparidad con el sector privado. El decreto deberá ser evaluado ahora por la Legislatura. Quejas desde el sector sindical.
El Poder Ejecutivo decidió vetar parcialmente la ley provincial Nro. 13.436 que ampliaba de tres a seis meses la licencia por maternidad de los agentes de los tres poderes del Estado, y propuso un texto alternativo que extiende dicho beneficio pero sólo en quince días. De ese modo, los noventa días actuales se llevarán a ciento cinco.
“El gobierno decidió reducir la licencia en los términos que lo había planteado el Senado, pero ratificamos y respetamos otros ítems de la ley, como el que amplía la licencia por nacimiento de hijo a ocho días corridos”, dijo esta mañana a El Litoral el ministro de Gobierno, Rubén Galassi, quien suscribió el decreto del veto -Nro. 3871- junto al gobernador Antonio Bonfatti.
El veto tampoco avanza sobre el ítem que establece treinta días de licencia corridos por nacimiento sin vida, a partir de la fecha de parto para la madre; en cambio, hace extensiva la reducción planteada previamente -de 180 a 105 días- para el agente que acredite haber recibido la tenencia de un niño con fines de adopción, y admite que se amplíe esa licencia en 30 días si la adopción es de más de un niño.
Fundamentos
En los considerandos, el decreto reconoce que la ley no genera observaciones “desde el punto de vista de su legalidad”. Sin embargo, argumenta que no es ni oportuna ni conveniente, en virtud de que no fueron “suficientemente valoradas cuestiones presupuestarias, de organización administrativa y de prestación de servicios a la comunidad, que apareja la aprobación de la extensión de los plazos de las licencias en los cuadros de empleados del Estado Provincial (personal civil de la Administración, personal docente, personal de las fuerzas de seguridad, entre otros), a cuyo cargo se encuentra la dinámica permanente de la satisfacción de los cometidos públicos”.
También se plantea en el veto que es “opinable” la norma, a partir de una situación de “disparidad” con los sistemas vigentes para los trabajadores del sector privado, que tienen un plazo de licencia por maternidad de noventa días.
Más adelante, el decreto cita algunos antecedentes de regímenes de licencia y convenios colectivos de trabajo en otras provincias y distritos, y dispone el envío de la norma a las cámaras legislativas.
Algunas cuentas
El régimen de los agentes estatales establece, en realidad, dos tipos de licencia para la mujer embarazada. Por un lado, cuentan con la licencia “preparto” de 45 días, que podrá acumularse si el bebé nace prematuro; por el otro, gozan de la licencia por “maternidad” propiamente dicha contabilizada desde el parto.
A partir de ese esquema y con la legislación actual, la mujer tenía derecho a 135 días de licencia (cuatro meses y medio) teniendo en cuenta los 45 prenatales y los noventa posteriores al nacimiento. Con la nueva ley, impulsada por el senador Raúl Gramajo (PJ), la licencia pre natal se mantenía inalterable en 45 días, y la pos parto ascendía a 180 por lo que el beneficio total era de 225 días. “Ello era equivalente a siete meses y medio de licencia”, reparó Galassi en diálogo con El Litoral.
Finalmente, al proponer el veto una reducción de 180 días a 105 de licencia pos nacimiento, el nuevo esquema quedaría planteado por una licencia total de 150 días -105 más los 45 pre parto-, es decir, de cinco meses.
A partir de ahora, es la Legislatura quien vuelve a tener la palabra.
Queja
Ni bien se hizo público el texto del veto, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) emitió un comunicado poniendo de manifiesto la reducción de la licencia que queda plasmada a partir del decreto del Poder Ejecutivo. Y reclamó a la Cámara de Senadores que lo rechace, para que quede firme la sanción de la norma en la que se plantean los 180 días de licencia por maternidad.
“El gobierno decidió reducir la licencia en los términos que lo había planteado el Senado, pero ratificamos y respetamos otros ítems de la ley, como el que amplía la licencia por nacimiento de hijo a ocho días corridos”, dijo esta mañana a El Litoral el ministro de Gobierno, Rubén Galassi, quien suscribió el decreto del veto -Nro. 3871- junto al gobernador Antonio Bonfatti.
El veto tampoco avanza sobre el ítem que establece treinta días de licencia corridos por nacimiento sin vida, a partir de la fecha de parto para la madre; en cambio, hace extensiva la reducción planteada previamente -de 180 a 105 días- para el agente que acredite haber recibido la tenencia de un niño con fines de adopción, y admite que se amplíe esa licencia en 30 días si la adopción es de más de un niño.
Fundamentos
En los considerandos, el decreto reconoce que la ley no genera observaciones “desde el punto de vista de su legalidad”. Sin embargo, argumenta que no es ni oportuna ni conveniente, en virtud de que no fueron “suficientemente valoradas cuestiones presupuestarias, de organización administrativa y de prestación de servicios a la comunidad, que apareja la aprobación de la extensión de los plazos de las licencias en los cuadros de empleados del Estado Provincial (personal civil de la Administración, personal docente, personal de las fuerzas de seguridad, entre otros), a cuyo cargo se encuentra la dinámica permanente de la satisfacción de los cometidos públicos”.
También se plantea en el veto que es “opinable” la norma, a partir de una situación de “disparidad” con los sistemas vigentes para los trabajadores del sector privado, que tienen un plazo de licencia por maternidad de noventa días.
Más adelante, el decreto cita algunos antecedentes de regímenes de licencia y convenios colectivos de trabajo en otras provincias y distritos, y dispone el envío de la norma a las cámaras legislativas.
Algunas cuentas
El régimen de los agentes estatales establece, en realidad, dos tipos de licencia para la mujer embarazada. Por un lado, cuentan con la licencia “preparto” de 45 días, que podrá acumularse si el bebé nace prematuro; por el otro, gozan de la licencia por “maternidad” propiamente dicha contabilizada desde el parto.
A partir de ese esquema y con la legislación actual, la mujer tenía derecho a 135 días de licencia (cuatro meses y medio) teniendo en cuenta los 45 prenatales y los noventa posteriores al nacimiento. Con la nueva ley, impulsada por el senador Raúl Gramajo (PJ), la licencia pre natal se mantenía inalterable en 45 días, y la pos parto ascendía a 180 por lo que el beneficio total era de 225 días. “Ello era equivalente a siete meses y medio de licencia”, reparó Galassi en diálogo con El Litoral.
Finalmente, al proponer el veto una reducción de 180 días a 105 de licencia pos nacimiento, el nuevo esquema quedaría planteado por una licencia total de 150 días -105 más los 45 pre parto-, es decir, de cinco meses.
A partir de ahora, es la Legislatura quien vuelve a tener la palabra.
Queja
Ni bien se hizo público el texto del veto, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) emitió un comunicado poniendo de manifiesto la reducción de la licencia que queda plasmada a partir del decreto del Poder Ejecutivo. Y reclamó a la Cámara de Senadores que lo rechace, para que quede firme la sanción de la norma en la que se plantean los 180 días de licencia por maternidad.
Con información de
ellitoral

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