Casación debe decir si el tratado con Irán es legal
Jueves 22 de
Enero 2015
El destino del memorando de entendimiento firmado entre el Gobierno e Irán se definirá en la Casación Penal Federal y es allí donde se vuelcan todas las miradas, especialmente luego de la muerte del fiscal Alberto Nisman. La decisión recaerá en los camaristas Juan Carlos Gemignani, Luis María Cabral y Ángela Ledesma. Una declaración de inconstitucionalidad dejará la validez de ese acuerdo en su punto terminal.
Mientras Cabral se inclinaría por esa posibilidad (es opositor al kirchnerismo en el Consejo de la Magistratura y cercano a Ricardo Lorenzetti), Ledesma podría respaldar el memorando a partir del argumento de que desde los tribunales no se puede intervenir en la político exterior decidida por el Gobierno. Con este escenario la duda es la posición de Juan Carlos Gemignani, magistrado que si bien es distante al kirchnerismo, también ha criticado duramente la permanencia de Cabral en la Casación a partir de una subrogancia cuestionada por la mitad de los integrantes de dicha instancia.
Se trata de uno de los grandes enfrentamientos de la Cámara, especialmente desde que Gemignani señalará aspectos relativos a la productividad de la vocalía de Cabral. Protagonizaron duros cruces en los últimos plenarios del año y finalmente Gemignani terminó votando a favor de interrumpir la suplencia de Cabral en el primer piso de los tribunales de Comodoro Py.
La determinación de la Casación sería la última instancia porque la Corte ya habría decidido no tratar el expediente ante un nuevo recurso extraordinario.
La presencia del caso en el fuero penal fue una de las grandes disputas cuando se inició la judicialización porque el oficialismo prefería litigar, en aquel entonces, en la Justicia en lo Contencioso Administrativo, el mismo ámbito que actualmente se ha constituido como una zona de hostilidades (basta con observar las peripecias de los últimos días que padece Alejandra Gils Carbó).
En mayo del año pasado la Cámara Federal declaró inconstitucional el memorando y además le había ordenado al juez Rodolfo Canicoba Corral que reiterara la solicitud de extradición de los iraníes sospechosos. Además, en esa ocasión, los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballesteros requirieron a Interpol que reexamine la solicitud de capturas de los sospechosos, así como también que extreme los esfuerzos para averiguar el paradero de los imputados y hacer efectivas las detenciones ya dispuestas en la causa.
La Cámara comunicó a la Cancillería que el acuerdo es inconstitucional con el objetivo de que no se dé comienzo a la ejecución del memorando.
Se trata de uno de los grandes enfrentamientos de la Cámara, especialmente desde que Gemignani señalará aspectos relativos a la productividad de la vocalía de Cabral. Protagonizaron duros cruces en los últimos plenarios del año y finalmente Gemignani terminó votando a favor de interrumpir la suplencia de Cabral en el primer piso de los tribunales de Comodoro Py.
La determinación de la Casación sería la última instancia porque la Corte ya habría decidido no tratar el expediente ante un nuevo recurso extraordinario.
La presencia del caso en el fuero penal fue una de las grandes disputas cuando se inició la judicialización porque el oficialismo prefería litigar, en aquel entonces, en la Justicia en lo Contencioso Administrativo, el mismo ámbito que actualmente se ha constituido como una zona de hostilidades (basta con observar las peripecias de los últimos días que padece Alejandra Gils Carbó).
En mayo del año pasado la Cámara Federal declaró inconstitucional el memorando y además le había ordenado al juez Rodolfo Canicoba Corral que reiterara la solicitud de extradición de los iraníes sospechosos. Además, en esa ocasión, los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballesteros requirieron a Interpol que reexamine la solicitud de capturas de los sospechosos, así como también que extreme los esfuerzos para averiguar el paradero de los imputados y hacer efectivas las detenciones ya dispuestas en la causa.
La Cámara comunicó a la Cancillería que el acuerdo es inconstitucional con el objetivo de que no se dé comienzo a la ejecución del memorando.
Con información de
ÁMBITO