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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.

La Corte Suprema ordenó indemnizar a familiares de víctimas del atentado a la AMIA

Martes 10 de Marzo 2015
El máximo tribunal confirmó un fallo de instancias inferiores y rechazó un pedido del Gobierno, que se oponía
El máximo tribunal confirmó un fallo de instancias inferiores y rechazó un pedido del Gobierno, que se oponía

La Corte Suprema rechazó un recurso del Estado Nacional y dejó firme un fallo que ordena indemnizar a familiares de las víctimas de la AMIA, adelantaron fuentes judiciales a Infobae. La decisión surge en momentos de un pico de tensión entre el Ejecutivo y la Justicia, y luego de que la Presidente y Ricardo Lorenzetti intercambiaran críticas públicas por el estado de la investigación por la voladura a la Embajada de Israel.
El reclamo de indemnización lo planteó en 2006 Ruth Myriam Faifman de Tenembaun por sí y sus tres hijas, a raíz de la muerte de su cónyuge al explotar la AMIA en 1994. Para el Estado, el planteo fue hecho fuera de término y consideró que el mismo estaba prescripto.
 
No obstante, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor de la familia y ordenó que se la indemnice con 4 millones de pesos. Pero el Estado apeló ante la Corte y volvió a insistir con la prescripción.
 
Según los abogados del Gobierno, la prescripción se dio porque de acuerdo a la ley el pedido de indemnización debe ser hecho antes de culminar los dos años desde el momento en que tiene lugar el hecho, y por eso consideró que el plazo "se encontraba ampliamente vencido".
 
"La postura del Estado Nacional resulta incompatible con el principio cardinal de buena fe, que informa y fundamenta todo nuestro ordenamiento, tanto público como privado", dijeron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt y Juan Maqueda, en un duro fallo hacia el Gobierno.
 
Los jueces recordaron que desde el Estado se había dictado el decreto 812/05, mediante el cual se aprobó el acta suscripta ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por la cual se reconoció la responsabilidad estatal ante las víctimas.
 
Además, la Corte evaluó que "el Poder Ejecutivo impulsó un proyecto de ley de reparación a las víctimas, que obtuvo media sanción del senado pero no fue tratado por la Cámara de Diputados y perdió estado parlamentario". Y que luego se presentó otro proyecto que está en trámite ante la Cámara de Diputados.
 
Es por ello, que para la Corte el Poder Ejecutivo "reconoció – en forma incondicionada y absoluta – que conculcó los derechos de las víctimas y sus familiares". O sea, reconoció su obligación de indemnizar a las víctimas, tanto los fallecidos como los heridos.
 
"El reconocimiento de estas violaciones generó, como una consecuencia jurídica inevitable y necesaria, la obligación del Estado de indemnizar a quienes hubieran sufrido daños", dijo el Tribunal en ese sentido.
 
Por otra parte, la Corte rechazó otros planteos del Estado: ""resulta manifiestamente infundado el planteo según el cual no existe relación entre la omisión estatal y la muerte de Tenembaun".
 
"Al sostener esta postura, la apelante no se hace cargo de que fue el propio Estado Argentino el que admitió que la muerte de las víctimas del atentado le era imputable por el incumplimiento de su función de prevención", concluyó la Corte.
Con información de INFOBAE | NOTA22.COM

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