25 DE ABRIL 2024

Vélez Sarsfield, el hombre de los códigos

Viernes 03 de Abril 2015

Dámaso Simón Dalmacio Vélez Sarsfield nació en la cordobesa localidad de Amboy, el 18 de febrero de 1800. De joven estudió en el tradicional Colegio Nacional Nuestra Señora de Monserrat de Córdoba y pronto, recibido de abogado en la Universidad Nacional de Córdoba a los 22 años, se instaló en Buenos Aires.
A su llegada, se entregó por completo a la actividad política, siendo secretario en la primera sesión del congreso constituyente de 1824, al tiempo que se dedicaba a las clases universitarias en Derecho como profesor de economía política.
 
La asunción el gobierno de Juan Manuel de Rosas trajo tensiones en sus proyectos. Con él mantuvo una relación tirante, que lo hizo regresar a Córdoba y finalmente exiliarse en Montevideo, aunque en ocasiones acudiera por consultas jurídicas. Por entonces, emprendió con profundidad el estudio del derecho canónico y civil, presentando algunos avances que le reportaron gran reconocimiento.
 
Una vez derrocado Rosas y en proceso de reorganización del país, regresó a la actividad política, como senador, interventor del Banco Provincial de Buenos Aires y ministro de Exteriores, contándose también su participación en las negociaciones entre Buenos Aires y la Confederación.
 
El Código de Comercio, sancionado en 1859 y luego para toda la Nación en 1862, y la redacción del Código Civil, le insumieron gran parte de sus días en aquellos años. Este último, comenzado en 1864, fue aprobado por el Congreso Nacional el 25 de septiembre de 1869. La ley que lo sancionó disponía en su artículo primero: “El Código Civil redactado por el Dr. D. Dalmacio Vélez Sarsfield, se observará como ley en la República Argentina, desde el 1º de enero de 1871”. Según informara luego, este código fue redactado, principalmente, sobre la base de proyectos legislativos de España, Chile y Brasil.
 
Por entonces, llegó a desempeñarse como ministro de Mitre y luego de Sarmiento, quien le reconocería su gran empeño en impulsar la red telegráfica en el país. Ya en sus últimos tiempos, dedicado a la escritura, fundó el diario El Nacional, de fugaz existencia, y realizó reflexiones críticas de carácter historiográfico.
 
En ocasión de un nuevo aniversario de su fallecimiento, ocurrido el 30 de marzo de 1875, recordamos a Vélez Sarsfield con algunas palabras con las que concluyera su tratado sobre derecho eclesiástico, en ocasión de argumentar a favor de una legislación que cuidara las relaciones entre Estado e Iglesia.
 
Fuente: Dalmacio Vélez Sarsfield, Derecho público eclesiástico. Relaciones del Estado con la Iglesia en la Antigua América Española, Buenos Aires, Imprenta de Juan Alsina, 1889, pp. 183 y 196.
 
"Los gobiernos de América por sus primeros cuerpos legislativos declararon que continuaban las leyes que regían antes de su emancipación de la España. No disolvieron la sociedad (...) aceptaron los estatutos de la Iglesia Católica y las instituciones todas del Sacerdocio. Esas leyes eran favorables a la Iglesia, a los Sumos Pontífices, a las autoridades y personas eclesiásticas. La ley civil y no la ley eclesiástica ni la Ley Divina hizo del poder espiritual un poder temporal muy grande y positivo de la sociedad. (...) La ley civil los rodeó de respeto y consideraciones: sujetó el pueblo a la autoridad eclesiástica, dio efectos civiles a sus resoluciones e hizo así del Obispo, del Cura, y de las personas eclesiásticas seres políticos de existencia independiente que mil veces eclipsaron el poder de los Gobiernos, les disputaron sus facultades y tuvieron una exclusiva jurisdicción en las materias más importantes. (...) Si las leyes que han continuado observando los pueblos de América no son las que han de fijar las relaciones de los Gobiernos con la Iglesia, ¿cuál sería el estado de la sociedad cristiana en el entretanto que se crearan otras? 
 
[...]
 
Es preciso, pues, reconstruir este antiguo edificio, levantado por siglos de fanatismo más allá del límite a que únicamente debió alzarse, y abatido después hasta en sus bases por otros siglos de falsos principios. Una nueva ley de patronato debería fijar las nuevas relaciones del Estado con la Iglesia, exigidas ya por el género de Gobierno establecido en América, por las mayores luces de las sociedades actuales y por la libertad civil y política que los pueblos se han creado. 
 
[...]
 
Para defender la sociedad de los avances del poder eclesiástico, bastaba que la acción del Gobierno se redujera a inspeccionar los actos de la Iglesia sin necesidad de que obrara directamente por órdenes, sino simplemente por veto, pero un veto ilimitado, pues que él no debe dar cuenta a un poder extraño de las medidas que juzgue convenientes para el orden del pueblo que preside."
 
Dalmacio Vélez Sarsfield
Con información de EL HISTORIADOR

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