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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.

¿En qué basan los jueces el fallo que le redujo la pena al violador de un nene?

Lunes 18 de Mayo 2015

El juez de Casación Penal Horacio Piombo explicó que en el caso particular del abuso sexual a este niño de seis años el agravante de "gravemente ultrajante" cabía para el padre del menor por la relación que los une y porque fue el primero en corromperlo y no para el dirigente del club Florida de Vicente López Mario Tolosa.
 
El juez de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires Horacio Piombo explicó que en el caso particular del abuso sexual a este niño de seis años el agravante de "gravemente ultrajante" cabía para el padre del menor por la relación que los une y porque fue el primero en corromperlo y no para el dirigente del club Florida de Vicente López Mario Tolosa. Esta apreciación dio pie a la polémica ya que muchas personas en las redes sociales razonaron que en cualquier caso en que una persona fuera abusada sexualemente mas de una vez, en la segunda oportunidad no cabria el agravante, es decir un violador que abusara de una persona ya abusada - quizás con conocimiento de esto- tendría una menor pena. 
 
"La víctima vivió la situación antes con otro victimario. Al no concurrir un agravante, sí, no le puedo decir otra cosa, el Código Penal es así", señaló el magistrado al ser consultado si efectivamente que el menor hubiera sido violado antes por su padre fue tomado como un atenuante a la hora de condenar al abusador.
 
El dirigente del club Florida de Vicente López Mario Tolosa fue condenado a seis años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal" contra un niño de seis años que jugaba al fútbol en esa institución.
 
Pero los jueces Piombo y Sal Llargués dispusieron recientemente la reducción de la pena argumentando que el chiquito tenía "una orientación sexual homosexual y estaba habituado" a los abusos y "ya tiene su sexualidad definida", por lo que consideró que el delito "no fue tan ultrajante", según el fallo difundido.
 
"El tema es un chiquito que fue ultrajado y llevado a las cosas más infectas desde el punto de vista social por su padre. El padre ya fue juzgado en otro proceso, que no lo tenemos nosotros. Cuando viene la causa, es otro individuo que tuvo tocamientos impúdicos y cosas asqueantes con el nene. Y entonces quedaba ver concretamente si había una agravatoria del Código, no el delito. Lo que quedaba resolver era la existencia o no del agravante, el delito no estaba en discusión", explicó hoy el juez.
 
Al defender su fallo, el magistrado aseguró que "lo gravemente ultrajante" para el nene abusado "fue cuando el padre lo inició en lo aberrante".
 
"Nosotros teníamos que establecer si lo gravemente ultrajante podía darse en serie o en cadena. Nosotros consideramos que lo de gravemente ultrajante, que la ley pide que tiene que ser para la víctima, fue cuando el padre lo inició en lo aberrante, no cuando vinieron otros que cometieron el delito pero no el agravante", aseveró. 
 
"Lo sexual tiene 20 millones de exteriorizaciones, que puede dar un caso de gravemente ultrajante. Nosotros lo que dijimos fue que lo gravemente ultrajante fue cometido por el padre", insistió.
Con información de minutouno

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