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La Cámara Federal de La Plata ordenó que Durán siga al frente del juzgado electoral
Viernes 03 de
Julio 2015
La Sala I del tribunal platense revocó la decisión del juez Alberto Recondo, quien había invalidado un artículo de la ley de subrogancia por inconstitucional. Durán, cercano al Gobierno, continuará en un juzgado clave
La Cámara Federal de La Plata ordenó queLaureano Durán continúe al frente del estratégico Juzgado Federal 1 de la capital bonaerense, con competencia electoral. La Sala I del citado cuerpo dejó de esta manera sin efecto la decisión adoptada por el juez Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, quien había invalidado un artículo de la ley de subrogancia, apartando a Durán.
Para la Cámara Federal platense, lo resuelto por Recondo suponía "dejar en un estado grave y notorio de incertidumbre el servicio de Justicia" y "un proceso electoral en curso entorpecido". Esto es porque faltan dos meses para las primarias. La medida fue dispuesta por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Julio Víctor Reboredo, Roberto Agustín Lemos Arias y Carlos Román Compaired.
Recondo había dejado sin efecto la designación de Durán como juez subrogante al declarar inconstitucional parte de la ley que regula esas nominaciones. Recondo explicó que había tomado esa medida por el "estado de incertidumbre" en torno a la designación de Durán luego de que la Cámara Federal de La Plata le impidiera actuar en un caso de privación ilegítima de la libertad por considerar inválida su designación.
La resolución de Recondo fue apelada a su vez por el Consejo de la Magistratura de la Nación, que había designado a Durán, ante lo cual el magistrado hizo lugar al recurso pero sosteniendo el apartamiento de su colega. Entonces, en un trámite urgente, "se presentó una queja ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, invocando la gravedad institucional y el irreparable perjuicio que implicaría dejar vacante el juzgado en cuestión".
Y finalmente la Cámara resolvió "hacer lugar a la presente queja y, consecuentemente, conceder con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional (Consejo de la Magistratura) contra la sentencia del día 2 de julio de 2015 dictada en las presentes actuaciones".
Al tiempo, argumentó que la ley autoriza a que "las apelaciones deducidas contra la sentencia definitiva dictada en un proceso sumarísimo se concedan con efecto suspensivo cuando su cumplimiento pudiese ocasionar un perjuicio irreparable".
En la apelación se advirtió que "de mantenerse inconclusa e indefinida la suerte del Juzgado durante la transición entre el cese de las funciones de uno y la designación de otro subrogante, en las actuales circunstancias, los casos acumulados de su competencia y su inmovilidad se constituirán en el más grave e insoluble de todos ellos".
En otro tramo de su resolución afirmaron que "la remoción inmediata del Dr. Laureano Alberto Durán supone dejar en un estado grave y notorio de incertidumbre el servicio de justicia hasta tanto el Consejo de la Magistratura disponga al juez subrogante que deba intervenir, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 27.145, y en lo inmediato, un Juzgado Federal de turno acéfalo y un proceso electoral en curso entorpecido".
Crédito: NA
La Cámara Federal de La Plata ordenó queLaureano Durán continúe al frente del estratégico Juzgado Federal 1 de la capital bonaerense, con competencia electoral. La Sala I del citado cuerpo dejó de esta manera sin efecto la decisión adoptada por el juez Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, quien había invalidado un artículo de la ley de subrogancia, apartando a Durán.
Para la Cámara Federal platense, lo resuelto por Recondo suponía "dejar en un estado grave y notorio de incertidumbre el servicio de Justicia" y "un proceso electoral en curso entorpecido". Esto es porque faltan dos meses para las primarias. La medida fue dispuesta por los jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Julio Víctor Reboredo, Roberto Agustín Lemos Arias y Carlos Román Compaired.
Recondo había dejado sin efecto la designación de Durán como juez subrogante al declarar inconstitucional parte de la ley que regula esas nominaciones. Recondo explicó que había tomado esa medida por el "estado de incertidumbre" en torno a la designación de Durán luego de que la Cámara Federal de La Plata le impidiera actuar en un caso de privación ilegítima de la libertad por considerar inválida su designación.
La resolución de Recondo fue apelada a su vez por el Consejo de la Magistratura de la Nación, que había designado a Durán, ante lo cual el magistrado hizo lugar al recurso pero sosteniendo el apartamiento de su colega. Entonces, en un trámite urgente, "se presentó una queja ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, invocando la gravedad institucional y el irreparable perjuicio que implicaría dejar vacante el juzgado en cuestión".
Y finalmente la Cámara resolvió "hacer lugar a la presente queja y, consecuentemente, conceder con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional (Consejo de la Magistratura) contra la sentencia del día 2 de julio de 2015 dictada en las presentes actuaciones".
Al tiempo, argumentó que la ley autoriza a que "las apelaciones deducidas contra la sentencia definitiva dictada en un proceso sumarísimo se concedan con efecto suspensivo cuando su cumplimiento pudiese ocasionar un perjuicio irreparable".
En la apelación se advirtió que "de mantenerse inconclusa e indefinida la suerte del Juzgado durante la transición entre el cese de las funciones de uno y la designación de otro subrogante, en las actuales circunstancias, los casos acumulados de su competencia y su inmovilidad se constituirán en el más grave e insoluble de todos ellos".
En otro tramo de su resolución afirmaron que "la remoción inmediata del Dr. Laureano Alberto Durán supone dejar en un estado grave y notorio de incertidumbre el servicio de justicia hasta tanto el Consejo de la Magistratura disponga al juez subrogante que deba intervenir, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 27.145, y en lo inmediato, un Juzgado Federal de turno acéfalo y un proceso electoral en curso entorpecido".
Con información de
INFOBAE

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