25 DE ABRIL 2024

El debate por las subrogancias no tiene fin

Por: Rita Lucca
Jueves 09 de Julio 2015

Con la presencia del presidente de la Cámara del Crimen, Rodolfo Pociello Argerich, la Comisión de Selección discutió la consideración de los listados de secretarios en condiciones de subrogar en aplicación de la Ley 27.145. Asimismo, los consejeros opinaron sobre la reunión convocada por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti.
En el marco de la resolución 180/2015, la Comisión le comunicó a todas las Cámaras Nacional, Federales y Tribunales orales que, "informen el estado actual de las subrogaciones". Además, se les hizo saber que hasta tanto el consejo de aboque al tratamiento, las subrogaciones continúan vigentes en el estado que se encuentran pudiendo las Cámaras designar. En este contexto, la Secretaría expresó a los consejeros que “se recibieron los informes de las Cámaras de General Roca, Federal de Salta, Apelaciones del Trabajo y la Cámara Criminal y Correccional Federal”.
 
A continuación, se pasó a la consideración de los listados de secretarios en condiciones de subrogar en aplicación de lo dispuesto por la Ley 27.145. “A propósito de la ley 27.145, a diferencia de la ley anterior, ahora pueden ser propuestos y designados como conjueces los secretarios, quisiera que se remita a los presidentes a las Cámaras del país un oficio para que confeccionen un listado de la totalidad de secretarios que se encuentren en condiciones de ejercer subrogancias,  y que presten su conformidad a tal efecto”, explicó la consejera Gabriela Vázquez.
 
“Las Cámaras Nacionales y Federales remitirán a la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, las nóminas y los currículum vitae de los secretarios y secretarias judiciales de todas las instancias de su jurisdicción, que hubieran manifestado conformidad para integrar las listas de conjueces. Ello sin perjuicio que la inscripción pueda realizarse, directamente ante la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial (…)”, dispone la normativa vigente.
 
En este sentido, los magistrados expresaron sus dudas respecto a la reglamentación de la nueva ley de subrogancias y, además, destacaron la necesidad de enviar la comunicación a los Colegios Públicos de Abogados para que remitan listados de quiénes tengan interés en subrogar.
 
En otro orden de temas, el representante de los jueces del Poder Judicial de la Nación, Leónidas Moldes comunicó que “la Cámara Federal de Tucumán envió una nota haciendo saber que algunos de los integrantes de la lista de conjueces son afiliados a partidos políticos, y no tienen suspendida la afiliación, por lo cual tendrían una incompatibilidad para ejercer la magistratura”.
 
Las subrogancias en la Cámara del Crimen
 
Durante la discusión, los consejeros reiteraron la necesidad “de dar una sensación de tranquilidad a los subrogantes”. En este contexto y con la presencia del presidente de la Cámara del Crimen, Rodolfo Pociello Argerich, los integrantes de la Comisión expresaron sus dudas, observaciones, inquietudes y cuestiones relativas a la reglamentación de la ley de subrogancias.
 
“La Cámara del Crimen es un caso especial, ya que es uno de los fueron que más cantidad de subrogancias tiene y, de esta forma, hay que buscar una forma de darle tranquilidad a los hace ocho o diez años subrogan”, opinó Julián Álvarez. Por su parte, el consejero-juez Luis maría Cabral refutó: "La tranquilidad es cumplir la ley en los términos del art 7, no hay que ratificar nada y, de esta forma, deben respetarse las designaciones".
 
Debemos recordar que el art. 7 de la nueva ley de subrogancias determina: “Los subrogantes destinados ocuparán el cargo en cuestión hasta que cese la causal que generó su designación, sin perjuicio de las responsabilidades y obligaciones propias de la función”.
 
En relación a los secretarios, la moción de labor estableció “en función de la comunicación de la Cámara Criminal, la Comisión aconseja al Plenario que disponga tomar nota de la designación efectuada de los Drs. Laura Bruniard, Elizabeth Paisan, María Rita Acosta, Marcelo Conlazo Zavalia, Gustavo Miguel Pierretti, Guillermina Martínez y Rodolfo Cresseri como jueces subrogantes en los juzgados que respectivamente los ha designado la Cámara. Postergar el tratamiento de la cobertura de esas vacantes hasta tanto les de acuerdo el Senado, en los términos de la Ley 27.145, art. 3. La Comisión resuelve, en relación a este punto, aconsejar al Plenario que disponga que las designaciones antes mencionadas continúen vigentes hasta tanto a los secretarios antes nombrados, les de acuerdo el Senado”.
 
Por otro lado, se trató en particular el caso de la subrogancia en el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°49, ya que la magistrada María José Bianchi fue designada conjuez con acuerdo del Senado. “Ha recabado aprobación del Senado, y en función de ello se propone aconsejar su designación como jueza de dicho Juzgado”, explicaron los consejeros.
 
Respecto a los camaristas, se propuso la designación de “Luis María Bunge Campos, Julio Marcelo Lucini, Mariano Alberto Scotto como jueces subrogantes en las vocalías 3,4 y 10, respectivamente, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional”.
 
“Aconsejar al Plenario que disponga que para el caso que el Consejo no se expida del vencimiento de las subrogaciones antes referidas, la Cámara deberá designar al subrogante con comunicación inmediata al Consejo, ya que por ejemplo, algunas vencen en plena feria judicial. Aconsejar al plenario que para las próximas designaciones adopte la misma metodología de los criterios que ha adoptado el fuero en lo Criminal y Correcional hasta la fecha; a tal efecto se aconseja al Plenario que oficie a la Cámara para que remita el orden establecido para las designaciones subsiguientes”, concluyó la moción.
 
Para despejar dudas, los consejeros establecieron que en relación a la interpretación del art. 2 de la Ley 27.145, “la competencia a la que se refiere es la competencia material en sentido amplio”. La actual normativa dispone que “la designación se realizará con un juez o jueza de igual competencia de la misma jurisdicción o con un miembro de la lista de conjueces confeccionada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley”.
 
El día después de la reunión con los presidentes de las Cámaras Federales
 
El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, recibió ayer a los titulares de las Cámaras Federales para escuchar sus inquietudes respecto a la nueva ley de subrogancias; entre los asistentes a la convocatoria estuvo presente Rodolfo Pociello Argerich. En este contexto, la consejera Gabriela Vázquez cuestionó si “la Cámara de Instrucción tiene reparos o miedos respecto a lo subrogantes abogados”.
 
“Los temores se fundaron en la forma de remoción de los jueces y no quiero particularizar en una persona, pero fundamentalmente motivó la preocupación por el caso Cabral y del juez de Bahía Blanca. Creemos que está vigente el inc. 15 del art 7 de la ley y, de esta forma, estamos en desacuerdo con la postura del Pleno. Además la ley no es clara sobre el criterio si se tendrán en cuenta los antecedentes y porqué se prefieren abogados antes que secretarios, ya que la ley anterior establecía un orden de prelación”, respondió Pociello Argerich.
Con información de DJU

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