La Corte Suprema rechazó el pedido de los presos a cobrar sueldo por el trabajo carcelario

Miércoles 11 de Noviembre 2015 - 20:37

Los magistrados Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda desestimaron los reclamos que había formulado el autodenominado Sindicato Unión de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria.
 
La Corte Suprema de Justicia rechazó el reclamo de un sindicato de reclusos alojados en unidades penitenciarias para que se les reconocieran derechos laborales, entre ellos empleo remunerado y salario mínimo, así como beneficios adicionales por trabajar en los penales.
 
Los magistrados Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda desestimaron los reclamos que había formulado el autodenominado Sindicato Unión de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla), vinculado a la rama oficialista de la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA), que conduce el sindicalista docente Hugo Yasky.
 
Esa organización, inscripta formalmente en el Ministerio de Trabajo, pero sin personería gremial reconocida, reclamaba que el Estado les asegurara "empleos remunerados, un salario mínimo o mejores beneficios laborales a quienes cumplen condenas en prisión".
 
La demanda consistía en que "se pague una remuneración equivalente al salario mínimo, vital y móvil, que es de 5588 pesos, a la totalidad de las personas recluidas en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que efectúan tareas laborales". La organización sostenía que existía una situación de discriminación y desigualdad.
 
La falta de representación gremial genuina fue el argumento primario que utilizaron ayer los jueces Maqueda y Lorenzetti para rechazar el reclamo. El fallo indica que la organización "probó haber solicitado su inscripción como entidad gremial, pero no que la autoridad pertinente la hubiese concedido", por lo cual formalmente no tenía representatividad gremial del colectivo de trabajadores detenidos.
 
La Corte también rechazó el reclamo para que el Estado "otorgara trabajo a todas las personas alojadas en los diversos establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que se encontrasen desocupadas o, en su defecto, se les abonase un salario".
 
El fallo sostuvo también que no desconoce los derechos de los trabajadores detenidos, pero subrayó que en todo caso ese reclamo sólo podrá ser recanalizado una vez que la entidad que los reúne obtenga la representación gremial ante el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Con información de unosantafe

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