Con un decreto, Vidal autoriza los despidos masivos en la Provincia
Viernes 01 de
Abril 2016
La excusa es "delegar y descentralizar" el poder. Lo cierto es que la gobernadora bonaerense firmó un polémico decreto que otorga diversas facultades a los miembros de su gabinete. Entre otras, podrán "disponer los ceses de personal excluido de planta permanente sin estabilidad y los supuestos de pasividad anticipada”.
Como ya es costumbre, la gobernadora María Eugenia Vidal evadió La Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y firmó el decreto 230/16, el pasado 28 de marzo, para delegar en sus ministros “el ejercicio de una serie de facultades atribuidas a la Gobernadora”.
Uno de los aspectos más preocupante de este polémico decreto es lo vinculado a los recursos humanos. En este escrito se delega la posibilidad de “designar agentes comprendidos en otros regímenes estatutarios especiales, con excepción del personal de planta permanente con estabilidad y del personal sin estabilidad”.
A su vez, los funcionarios podrán disponer “los ceses de personal excluido de planta permanente sin estabilidad y los supuestos de pasividad anticipada”.
También, estarán legitimados para “ampliar suspensiones preventivas y disponibilidades relativas, otorgar licencias, disponer ascensos, traslados de agentes dentro de cada jurisdicción y consignar calificaciones del personal”. Es decir, Vidal se armó un decreto a medida para avanzar con cientos de despidos masivos.
Entre las aptitudes administrativas descriptas en el decreto, se encuentran la habilitación para “dar intervención al Fiscal de Estado para la promoción de acciones judiciales; aclarar errores materiales incurridos en Decretos; y aprobar convenios de avenimiento que tengan por objeto la adquisición del dominio, constitución de servidumbres administrativas o la ocupación temporaria de inmuebles”, según detalla la nueva Legislación.
Además, los integrantes del Poder Ejecutivo podrán “fijar el precio de venta y la forma de pago de los inmuebles afectados al régimen de colonización”, como así también “conceder prórrogas y aceptar amortizaciones extraordinarias”, al tiempo que estarán facultados para “otorgar permisos y concesiones de uso sobre inmuebles afectados al uso de sus respectivos ministerios y/o reparticiones autárquicas de su dependencia”.
También estarán en condiciones de dar soluciones a “reclamos de deuda por desvalorización monetaria y reconocimiento de intereses”, y se los habilita para "incorporar al patrimonio fiscal vehículos automotores, además de otorgar concesiones provinciales para servicios de Transporte Público de Pasajeros, lo que implica autorizar la extensión, ramificación, desdoblamiento o modificación de recorridos".
Otras de sus facultades serán “autorizar transferencias de la titularidad de servicios públicos de autotransporte de pasajeros y autorizar la realización de obras hidráulicas menores en terrenos de propiedad del solicitante".
Uno de los aspectos más preocupante de este polémico decreto es lo vinculado a los recursos humanos. En este escrito se delega la posibilidad de “designar agentes comprendidos en otros regímenes estatutarios especiales, con excepción del personal de planta permanente con estabilidad y del personal sin estabilidad”.
A su vez, los funcionarios podrán disponer “los ceses de personal excluido de planta permanente sin estabilidad y los supuestos de pasividad anticipada”.
También, estarán legitimados para “ampliar suspensiones preventivas y disponibilidades relativas, otorgar licencias, disponer ascensos, traslados de agentes dentro de cada jurisdicción y consignar calificaciones del personal”. Es decir, Vidal se armó un decreto a medida para avanzar con cientos de despidos masivos.
Entre las aptitudes administrativas descriptas en el decreto, se encuentran la habilitación para “dar intervención al Fiscal de Estado para la promoción de acciones judiciales; aclarar errores materiales incurridos en Decretos; y aprobar convenios de avenimiento que tengan por objeto la adquisición del dominio, constitución de servidumbres administrativas o la ocupación temporaria de inmuebles”, según detalla la nueva Legislación.
Además, los integrantes del Poder Ejecutivo podrán “fijar el precio de venta y la forma de pago de los inmuebles afectados al régimen de colonización”, como así también “conceder prórrogas y aceptar amortizaciones extraordinarias”, al tiempo que estarán facultados para “otorgar permisos y concesiones de uso sobre inmuebles afectados al uso de sus respectivos ministerios y/o reparticiones autárquicas de su dependencia”.
También estarán en condiciones de dar soluciones a “reclamos de deuda por desvalorización monetaria y reconocimiento de intereses”, y se los habilita para "incorporar al patrimonio fiscal vehículos automotores, además de otorgar concesiones provinciales para servicios de Transporte Público de Pasajeros, lo que implica autorizar la extensión, ramificación, desdoblamiento o modificación de recorridos".
Otras de sus facultades serán “autorizar transferencias de la titularidad de servicios públicos de autotransporte de pasajeros y autorizar la realización de obras hidráulicas menores en terrenos de propiedad del solicitante".
Con información de
LA TECLA

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