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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.
Opinión

Los delincuentes entran por una puerta y salen por la otra

Miércoles 10 de Abril 2013

Marco Antonio Terragni (Profesor de Derecho Penal)

Juan tiene unos 50 años, felizmente casado, con dos hijos estudiantes y un comercio floreciente en una pequeña localidad: todo el mundo lo quiere. Es, lo que se llama y en este caso con acierto, un hombre honrado. Porque los vecinos lo honran por su buen comportamiento.
 
         Una noche, Juan está mirando televisión y aparece una autoridad de  alto nivel quien, quejándose de la justicia, vocifera: “Los delincuentes entran por una puerta y salen por la otra”.
 
         Juan le comenta a su mujer:
 
         - Tiene razón. Es una vergüenza lo que está ocurriendo. Habrás leído el diario: Hubo un delito. La policía detuvo a un hombre y lo puso a disposición del juez. El juez le tomó declaración y a las 24 horas estaba nuevamente en libertad. ¡Claro que así nunca nos libraremos de la inseguridad! ¡Hay que cambiar las leyes y los jueces!
 
         A la mañana siguiente, Juan emprende viaje manejando su coche hacia la capital adonde tiene que hacer unos trámites. Recorre unos 70 kilómetros de la ruta pavimentada y de repente un patrullero policial le traba el paso. Lo hacen descender del coche e inmediatamente le inmovilizan las muñecas colocándole esposas.
 
         Juan, desesperado, pregunta por qué.
 
         El policía le dice:
 
- Nos acaban de avisar que en la estación de servicio que está sobre la ruta hubo un asalto a mano armada y usted es el ladrón. Todo coincide: la edad aproximada, la corpulencia, el color del cabello y el coche: de la misma marca, modelo y color que el que usted conduce.
 
Juan contesta:
 
- Hay un error. Yo me llamo Juan, soy comerciante, todos los del pueblo me conocen y saben que soy incapaz de hacer algo así. Llamen al comisario, al Intendente municipal, a cualquiera y se lo confirmarán.
 
El policía responde:
 
-Yo digo que sí y usted dice que no. Quien debe decidir es el juez. En el juicio se presentarán las pruebas de cargo y usted dirá y probará lo que quiera en su favor.
 
-¿Y cuándo será el juicio?
 
- No lo se con exactitud, pero como los tribunales tienen mucho trabajo, quizás se realice dentro de tres años.
 
- ¿Y qué será de mí hasta entonces?
 
- Quedará en prisión, porque su delito no es excarcelable. Pero no se preocupe, que esta prisión es sólo “preventiva”.
 
- ¡Pero es condenarme ya! ¿Cómo es posible que no pueda demostrar ahora mi inocencia y recupere de inmediato mi libertad?
 
- Terminemos con esta charla. Todo lo que tenga que alegar hágalo ante el juez.
 
Esa noche, en su celda, Juan recordó que en el colegio le enseñaron que el artículo 18 de la Constitución nacional declara: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo” y llegó a esta conclusión:
 
Los que usan la frase: “Los delincuentes entran por una puerta y salen por la otra” nunca han leído o no respetan lo que manda la Constitución nacional. Cuando yo alabé a quien la decía ante mi mujer nunca pensé que me podía llegar a ocurrir lo que me pasó. Yo, cualquiera, debe estar en libertad hasta que en un juicio justo se demuestre que ha sido autor de un delito y que merece pena por ello.


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