TUCUMAN
La Justicia avaló la libertad de expresión en los comentarios de internet
Viernes 25 de
Noviembre 2016

Tras una denuncia contra el diario La Gaceta, la Corte Suprema de Tucumán consideró que el medio no es responsable de los dichos de sus lectores en los foros de la edición online
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán falló a favor del diario La Gaceta, tras una demanda impuesta por un juez que pretendía una indemnización vinculada a la emisión de comentarios en internet. En su resolución, el tribunal consideró los dichos de los lectores, respecto de una nota publicada en el sitio web del medio, como opiniones o expresiones de terceros que no generan responsabilidad civil para el diario.
Con los votos de Antonio Gandur (presidente y preopinante), Antonio Estofán y Daniel Posse, el alto tribunal sostuvo que La Gaceta no podía ser responsabilizado por las opiniones de los foristas. Según dijo, el sitio "sólo habilita la plataforma para el intercambio de juicios de valor con expresa precisión del origen de los comentarios".
Todo se inició tras la denuncia de Alfonso Arsenio Zóttoli, juez de la Sala I de la Cámara Penal de la capital provincial. El demandante consideró una serie de expresiones en los foros como difamatorias.
El caso se inició en 2009 y había llegado a la Corte con dos fallos favorables a Zóttoli. El 6 de mayo de 2015, el Juzgado en lo Civil y Comercial Común N°3 a cargo de Viviana Gasparotti había admitido la demanda, y condenó a pagar a este diario la suma de $70.000 (o USD 18.421 en función de la cotización histórica). En tanto, el 23 de diciembre de 2015, la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Común confirmó la decisión con los votos de de Alberto Acosta y Raúl Bejas.
Entre varias consideraciones, la Corte sostuvo que toda expresión que sea considerada como opinión no da lugar, por sí sola, a responsabilidad civil o penal a favor de las personas que ocupan cargos en el Estado.
También señaló que los comentarios o expresiones de los foristas en un diario online son opiniones o juicios de valor sobre un funcionario público, en general, y su desempeño como magistrado, en particular.
Aclaró que los autores de esas opiniones son los propios foristas y no el diario, que sólo brinda la plataforma para operar y reflejar los comentarios.
En ese sentido, el sitio reflejó los comentarios de los foristas en la página web respetando el contenido, "sin que se hubiera demostrado una conducta antijurídica atribuible al diario o a sus dependientes, ya sea por haber distorsionado las manifestaciones del emisor, realizado valoraciones personales o asumido activamente la inexactitud o agravio propalado".
El caso se inició en 2009 y había llegado a la Corte con dos fallos favorables a Zóttoli. El 6 de mayo de 2015, el Juzgado en lo Civil y Comercial Común N°3 a cargo de Viviana Gasparotti había admitido la demanda, y condenó a pagar a este diario la suma de $70.000 (o USD 18.421 en función de la cotización histórica). En tanto, el 23 de diciembre de 2015, la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Común confirmó la decisión con los votos de de Alberto Acosta y Raúl Bejas.
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