Ley de comunicación | Quito
Correa crea el delito de “linchamiento mediático” para controlar a la prensa
Viernes 14 de
Junio 2013

La nueva Ley de Comunicación establece un órgano fiscalizador de contenidos
La abrumadora mayoría parlamentaria del Gobierno de Rafael Correa aprobó ayer la Ley de Comunicación, un polémico proyecto que llevaba cuatro años madurando y que ha desatado las críticas tanto de la oposición como de organismos internacionales, hasta el punto de recibir el apodo de ley mordaza por el control que impone a los medios de comunicación privados.
Mauro Andino, el diputado oficialista que se encargó de impulsar el proyecto de ley, dijo ayer que ninguna norma ha sido tan discutida como esta. “De hoy en adelante, la palabra ya es de todos”, dijo Andino.
Los artículos más controvertidos de la Ley de Comunicación son el 26 y el 55. El primero, según consta en el archivo final de la ley, crea el delito de “linchamiento mediático”. Esta figura queda definida como la “difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública”.
Según Mary Verduga, diputada de Alianza País, con este delito se pretende evitar que los periodistas afecten la dignidad de las personas. El paradigma que esgrime el Gobierno es el caso de María Augusta Calle, diputada de su partido, que sufrió un “linchamiento mediático” —palabras del propio Correa— por parte de la “prensa mercantilista”, que la acusó de vínculos con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
La pena por este delito es pedir disculpas “en el medio o medios de comunicación, en días distintos, en el mismo espacio, programas, secciones, tantas veces como fue publicada la información lesiva al prestigio o la credibilidad de las personas afectadas”, dice la ley. Esto, “sin perjuicio de que los autores de la infracción respondan por la comisión de delitos y/o por los daños causados y por su reparación integral”.
La ley también prevé la creación de una Superintendencia de la Información y Comunicación. Esta funcionará como un “organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionadora, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa; que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación”.
El encargado de esta cartera es nombrado por un consejo asesor entre candidatos presentados por el presidente. No solo podrá aplicar las sanciones a los medios de comunicación, sino también “requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la comunicación información sobre sí mismos que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones”.
La opinión de la oposición la resumió ayer el asambleísta Andrés Páez, que escribió en Twitter: “Hoy en la Asamblea Nacional se firma el acta de defunción de la libertad de expresión. Vamos camino a la consolidación de un régimen fascista”.
Los artículos más controvertidos de la Ley de Comunicación son el 26 y el 55. El primero, según consta en el archivo final de la ley, crea el delito de “linchamiento mediático”. Esta figura queda definida como la “difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública”.
Según Mary Verduga, diputada de Alianza País, con este delito se pretende evitar que los periodistas afecten la dignidad de las personas. El paradigma que esgrime el Gobierno es el caso de María Augusta Calle, diputada de su partido, que sufrió un “linchamiento mediático” —palabras del propio Correa— por parte de la “prensa mercantilista”, que la acusó de vínculos con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
La pena por este delito es pedir disculpas “en el medio o medios de comunicación, en días distintos, en el mismo espacio, programas, secciones, tantas veces como fue publicada la información lesiva al prestigio o la credibilidad de las personas afectadas”, dice la ley. Esto, “sin perjuicio de que los autores de la infracción respondan por la comisión de delitos y/o por los daños causados y por su reparación integral”.
La ley también prevé la creación de una Superintendencia de la Información y Comunicación. Esta funcionará como un “organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionadora, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa; que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación”.
El encargado de esta cartera es nombrado por un consejo asesor entre candidatos presentados por el presidente. No solo podrá aplicar las sanciones a los medios de comunicación, sino también “requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la comunicación información sobre sí mismos que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones”.
La opinión de la oposición la resumió ayer el asambleísta Andrés Páez, que escribió en Twitter: “Hoy en la Asamblea Nacional se firma el acta de defunción de la libertad de expresión. Vamos camino a la consolidación de un régimen fascista”.
Con información de
El País

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