UNLP
Medicina sigue tomada y salió un fallo judicial a favor de los alumnos
Sábado 06 de
Julio 2013

Establece que los cambios no se pueden aplicar en forma retroactiva
Los estudiantes de Medicina que ingresaron a la facultad antes del 2010 no deberán cumplir con la exigencia de tener todas las materias aprobadas para realizar la práctica final obligatoria, equivalente al 6° y último año de la carrera. Así lo dictaminó la Justicia, que falló en favor de la postura de los alumnos y del consejo superior de la UNLP al considerar que esa exigencia -que la unidad académica implementó mediante una resolución del 2010- no puede aplicarse en forma retroactiva
En tanto, la toma de la facultad por parte de alumnos del último año en protesta por los nuevos mecanismos de evaluación de la práctica -que definen como un “examen de egreso”- se extendió durante toda la jornada de ayer y se retomará el lunes, día en que se tomará el examen de Clínica en el Hospital San Martín .
Volviendo al plano judicial, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, a través de un fallo que lleva la firma de los magistrados César Alvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, avaló la posición de los estudiantes que plantearon que aquellas exigencias que instrumentó el decanato de Medicina hace tres años implicaban “un cambio de plan de estudios sobre la marcha” para los que entraron a la carrera antes de la resolución de la unidad académica de 60 y 120.
En un pasaje del dictamen, los magistrados expresan que “estamos ante una situación que corresponde asimilar, en su tratamiento y en cuanto a la asignación de competencia, a una modificación de los planes de estudio y, por tal razón, la competencia corresponde a la UNLP de acuerdo a las previsiones y siguiendo los procedimientos previstos en el Estatuto y en las ordenanzas vigentes”.
Cabe recordar que más de cien alumnos habían presentado recursos de amparo para poder anotarse en la práctica final, y que la Justicia les otorgó en su momento la medida cautelar hasta tanto se expidiera sobre la cuestión de fondo. La facultad los inscribió a la espera de ese fallo, que finalmente se conoció en la víspera.
EL JUICIO A LA UNIVERSIDAD
Asimismo, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones también falló a favor de la Universidad en el juicio que le inició la facultad luego de que el consejo superior, en septiembre de 2012, resolviera que las nuevas exigencias para acceder a la última parte de la carrera no podían aplicarse en forma retroactiva. Esa medida del máximo órgano de cogobierno de la UNLP quedó plasmada en el Comunicado 300.
Al respecto, la Justicia ratificó “la plena validez y vigencia” de ese comunicado al establecer que “la facultad de Medicina no puede accionar contra la Universidad, institución de la que depende”, informaron en el rectorado.
El fallo judicial sostiene que “la Universidad pública y autónoma es un instrumento de cambio por mandato constitucional, y no se puede contraponer la excelencia o la salud de la población con los procedimientos establecidos en las normas y estatutos”.

En tal sentido señala que “no es posible alcanzar la excelencia académica ni asegurar el egreso de profesionales mejor formados sin seguir los procedimientos que las normas establecen para las decisiones respectivas”.
Y añade: “en las Universidades financiadas con fondos públicos el objetivo central debe ser la democratización del conocimiento, de modo tal de romper con las situaciones de privilegio que existen en la sociedad. La excelencia no debe ser una excusa para ocultar y preservar privilegios en el acceso y la distribución del conocimiento”.
Volviendo al plano judicial, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, a través de un fallo que lleva la firma de los magistrados César Alvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin, avaló la posición de los estudiantes que plantearon que aquellas exigencias que instrumentó el decanato de Medicina hace tres años implicaban “un cambio de plan de estudios sobre la marcha” para los que entraron a la carrera antes de la resolución de la unidad académica de 60 y 120.
En un pasaje del dictamen, los magistrados expresan que “estamos ante una situación que corresponde asimilar, en su tratamiento y en cuanto a la asignación de competencia, a una modificación de los planes de estudio y, por tal razón, la competencia corresponde a la UNLP de acuerdo a las previsiones y siguiendo los procedimientos previstos en el Estatuto y en las ordenanzas vigentes”.
Cabe recordar que más de cien alumnos habían presentado recursos de amparo para poder anotarse en la práctica final, y que la Justicia les otorgó en su momento la medida cautelar hasta tanto se expidiera sobre la cuestión de fondo. La facultad los inscribió a la espera de ese fallo, que finalmente se conoció en la víspera.
EL JUICIO A LA UNIVERSIDAD
Asimismo, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones también falló a favor de la Universidad en el juicio que le inició la facultad luego de que el consejo superior, en septiembre de 2012, resolviera que las nuevas exigencias para acceder a la última parte de la carrera no podían aplicarse en forma retroactiva. Esa medida del máximo órgano de cogobierno de la UNLP quedó plasmada en el Comunicado 300.
Al respecto, la Justicia ratificó “la plena validez y vigencia” de ese comunicado al establecer que “la facultad de Medicina no puede accionar contra la Universidad, institución de la que depende”, informaron en el rectorado.
El fallo judicial sostiene que “la Universidad pública y autónoma es un instrumento de cambio por mandato constitucional, y no se puede contraponer la excelencia o la salud de la población con los procedimientos establecidos en las normas y estatutos”.

En tal sentido señala que “no es posible alcanzar la excelencia académica ni asegurar el egreso de profesionales mejor formados sin seguir los procedimientos que las normas establecen para las decisiones respectivas”.
Y añade: “en las Universidades financiadas con fondos públicos el objetivo central debe ser la democratización del conocimiento, de modo tal de romper con las situaciones de privilegio que existen en la sociedad. La excelencia no debe ser una excusa para ocultar y preservar privilegios en el acceso y la distribución del conocimiento”.
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