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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.
Campaña y censura
Jueves 05 de
Octubre 2017

Jorge Boasso, actual concejal rosarino y candidato a diputado nacional por el radicalismo, fue obligado por la justicia a cesar todos sus spots de campaña que puedan "provocar confusión en el electorado por aludir a la marca Cambiemos".
El titular del Juzgado, Reinaldo Rubén Rodríguez, hizo lugar a la denuncia de los representantes de Cambiemos de Santa Fe y ordenó a Boasso que cese la emisión de spots publicitarios que contengan las frases "Fuerza para el Cambio", "Acompañando a Mauricio" y "Sigamos cambiando juntos", además de "cualquier otra expresión y/o imagen similar que provoque confusión en el electorado".
Los demandantes sostuvieron que el accionar del candidato "forma parte de su estrategia electoral de confundir al electorado en forma permanente y abusiva, al pretender todo el tiempo mostrarse como el candidato de la Alianza Cambiemos y no de la fuerza política a la cual pertenece".
En ese marco, el juez explicó que Boasso pertenece al partido "Unite por la libertad y la dignidad" y la ley 23.298 prohíbe el uso del nombre del partido por parte de otro, asociación o entidad de cualquier naturaleza.
Asimismo, "el nombre de un partido deberá distinguirse razonable y claramente del nombre de cualquier otro partido, asociación o entidad", agregó.
El magistrado añadió que la ley "tiene por finalidad procurar la nítida identificación de los partidos políticos, y con ello, preservar la genuina expresión de la voluntad política del ciudadano" y está comprobado que los spots de campaña de Boasso pretenden que lo identifiquen con Cambiemos, "extremo que permite deducir que se persigue confundir a la ciudadanía en este distrito electoral".
Por último, Rodríguez resaltó que no se puede pretender que el elector activo esté lo suficientemente informado como para advertir dicha intención y, a tal punto que al no tener plena conciencia cívica, será atrapado en el cuarto oscuro en una confusión perjudicial para sí y para el sistema democrático, que en materia electoral debe trasuntar transparencia y verosimilitud.
Los demandantes sostuvieron que el accionar del candidato "forma parte de su estrategia electoral de confundir al electorado en forma permanente y abusiva, al pretender todo el tiempo mostrarse como el candidato de la Alianza Cambiemos y no de la fuerza política a la cual pertenece".
En ese marco, el juez explicó que Boasso pertenece al partido "Unite por la libertad y la dignidad" y la ley 23.298 prohíbe el uso del nombre del partido por parte de otro, asociación o entidad de cualquier naturaleza.
Asimismo, "el nombre de un partido deberá distinguirse razonable y claramente del nombre de cualquier otro partido, asociación o entidad", agregó.
El magistrado añadió que la ley "tiene por finalidad procurar la nítida identificación de los partidos políticos, y con ello, preservar la genuina expresión de la voluntad política del ciudadano" y está comprobado que los spots de campaña de Boasso pretenden que lo identifiquen con Cambiemos, "extremo que permite deducir que se persigue confundir a la ciudadanía en este distrito electoral".
Por último, Rodríguez resaltó que no se puede pretender que el elector activo esté lo suficientemente informado como para advertir dicha intención y, a tal punto que al no tener plena conciencia cívica, será atrapado en el cuarto oscuro en una confusión perjudicial para sí y para el sistema democrático, que en materia electoral debe trasuntar transparencia y verosimilitud.
Con información de
Diario Judicial

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