Aborto: si se legaliza, puede haber demandas de inconstitucionalidad que llegarían a la Corte
Miércoles 13 de
Junio 2018
Si finalmente el proyecto de despenalización del aborto se convierte en ley habrá “una catarata” de pedidos de inconstitucionalidad, vaticinó el presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Lipera, quien adelantó que él mismo como también “muchísimos” letrados están dispuestos y preparados para patrocinar a quienes se sientan afectados por la eventual normativa. En caso de comenzar su camino en la Justicia, la ley podría finalmente llegar a la Corte Suprema.

En diálogo con Clarín, Lipera dijo que entre los que se sientan perjudicados podrían contarse hombres que no quieran que sus parejas aborten, médicos que se nieguen a practicar la interrupción del embarazo –salvo que la ley incluya la objeción de conciencia- e incluso clínicas, como varias que pertenecen a la Iglesia católica o se inspiran en sus postulados, o evangélicas, que lideraron la oposición a la despenalización del aborto.
Precisamente, la institución que preside Lipera difundió una declaración en la que afirma que la despenalización del aborto es inconstitucional, contra la opinión de constitucionalistas como Andrés Gil Domínguez, que considera lo contrario y señala que toda la argumentación que dan quienes apelan a supuestos impedimentos que surgen de la carta magna y a tratados internacionales es “pura posverdad”.
En su declaración, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dice que “nadie puede desconocer que el derecho argentino, en disposiciones con jerarquía constitucional, determina la existencia de persona humana desde el momento mismo de la concepción. La legislación vigente no deja duda al respecto”. Puntualiza que “así lo establece el artículo 1º de la Convención sobre Derechos del Niño, con la declaración interpretativa formulada por nuestro país al ratificar el tratado conforme la exigencia establecida en el artículo 2 de la ley 23.849: ‘se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los dieciocho años de edad’”.
“De allí que a la persona humana, desde la concepción misma le resulten aplicables la totalidad de las normas que, tanto en nuestro derecho interno como en los tratados internacionales sobre derechos humanos, protegen la vida”, afirma.
Agrega que “debemos en particular recorda r que tanto la Convención sobre los Derechos del Niño, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos poseen jerarquía constitucional conforme lo dispone el artículo 75, inciso 22 de nuestra Constitución”.
En ese sentido, dice que “en línea con lo expuesto, el artículo 75, inc. 23 de la Constitución Nacional, impone al Congreso la obligación de legislar ‘en protección del niño … desde el embarazo’. Podrá distinguirse, entonces, entre personas ya nacidas y personas por nacer, pero ese dato biológico es irrelevante desde el punto de vista jurídico –considera-, pues conforme nuestro ordenamiento jurídico supremo, y también conforme lo dispone el nuevo Código Civil y Comercial en su artículo 19, ambas son personas humanas y, como tales, tienen derecho a la vida”.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez le dijo a Clarín al respecto: “El Comité de Derechos del Niño, que es el órgano que aplica la Convención de los Derechos del Niño, le tiene dicho a varios estados y al estado argentino en tres informes, que es totalmente compatible y exigible que en resguardo de niños, niñas y adolescentes se despenalice el aborto. Dicen cualquier cosa. Es una cuestión objetiva y no sé por qué sostienen una y otra vez este argumento”.
En cambio el constitucionalista Gregorio Badeni también opinó ayer en una entrevista en radio Mitre que la ley sería “inconstitucional”, y que el tema podría terminar de zanjarse con una decisión final de la Corte Suprema de Justicia.
Con información de
Clarín
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