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¿Cómo funcionan los juicios por jurados en Argentina?
Lunes 10 de
Septiembre 2018
Los jurados populares están integrados por 12 personas que están en igualdad de condiciones al acusado. Resuelven si una persona es culpable o no. El monto de la condena lo decide el juez a cargo.
Este viernes comenzó el juicio por jurados a Daniel Oyarzún, el carnicero que en 2016 atropelló y mató a uno de los ladrones que había ingresado a su carnicería y le había robado $5 mil. Se trata de un juicio que durará hasta este jueves donde 12 personas -6 hombres y 6 mujeres- debatirán si actuó bajo legítima defensa, es decir, entienden que es inocente, o se trató de un homicidio.
En la Provincia de Buenos Aires se necesita un total de 10 personas de los 12 miembros que estén de acuerdo para sentenciar. En caso de que no haya acuerdo, es el juez el que tomará la decisión. Si 10 miembros dicen que el acusado es inocente, el juez no puede revertir la sentencia, pero en caso de que sea culpable, es el magistrado el que decide qué monto le corresponde.
Luego de oír el debate oral, el jurado se reunirá en un recinto, donde no ingresa nadie más que ellos. Allí elegirán un presidente y deberán discutir la prueba que observaron durante el debate, hasta alcanzar una decisión final.
El veredicto se expresa mediante las respuestas anónimas, es decir sólo se cuenta la cantidad de votos a favor y en contra. El presidente del jurado anotará en un papel el resultado del veredicto, luego se lo comunicará primero al juez y posteriormente se leerá al público.
¿Quiénes pueden participar?
Podrán ser parte del jurado los argentinos nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años. Deben entender "plenamente" el idioma nacional, estar "en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos" y gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo. Sólo podrán serlo quienes tengan en el DNI domicilio en el distrito donde se realizará el juicio. Por ahora las provincias que lo implementan son Buenos Aires, Córdoba, Chubut y Río Negro.
No podrán integrar los jurados populares aquellos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.
Tampoco podrán los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.
Estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.
¿Cobran los jurados?
El tribunal está conformado por 12 integrantes: 6 hombres, 6 mujeres, y 6 suplentes, integrado de forma equitativa por hombres y mujeres. Cada uno de los jueces recibirá un monto de entre $700 y $800 por cada día que dure el proceso, además de los viáticos correspondientes en cada caso.
En la Provincia de Buenos Aires se necesita un total de 10 personas de los 12 miembros que estén de acuerdo para sentenciar. En caso de que no haya acuerdo, es el juez el que tomará la decisión. Si 10 miembros dicen que el acusado es inocente, el juez no puede revertir la sentencia, pero en caso de que sea culpable, es el magistrado el que decide qué monto le corresponde.
Luego de oír el debate oral, el jurado se reunirá en un recinto, donde no ingresa nadie más que ellos. Allí elegirán un presidente y deberán discutir la prueba que observaron durante el debate, hasta alcanzar una decisión final.
El veredicto se expresa mediante las respuestas anónimas, es decir sólo se cuenta la cantidad de votos a favor y en contra. El presidente del jurado anotará en un papel el resultado del veredicto, luego se lo comunicará primero al juez y posteriormente se leerá al público.
¿Quiénes pueden participar?
Podrán ser parte del jurado los argentinos nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años. Deben entender "plenamente" el idioma nacional, estar "en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos" y gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo. Sólo podrán serlo quienes tengan en el DNI domicilio en el distrito donde se realizará el juicio. Por ahora las provincias que lo implementan son Buenos Aires, Córdoba, Chubut y Río Negro.
No podrán integrar los jurados populares aquellos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.
Tampoco podrán los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.
Estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.
¿Cobran los jurados?
El tribunal está conformado por 12 integrantes: 6 hombres, 6 mujeres, y 6 suplentes, integrado de forma equitativa por hombres y mujeres. Cada uno de los jueces recibirá un monto de entre $700 y $800 por cada día que dure el proceso, además de los viáticos correspondientes en cada caso.
Con información de
minutouno

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