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Suspendidos Ya

Sábado 03 de Agosto 2019

El juez porteño Andrés Gallardo habilitó la feria judicial y dictó una cautelar para hacer ejecutiva la suspensión de las actividades de las empresas reparto. Además, informó que todo envío realizado por estas plataformas será Decomisado por la Policía de la Ciudad
El juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°2 de la Ciudad de Buenos Aires –tutelado por el juez Andrés Gallardo-, mediante la solicitud de la “Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios” (ASIMM) resolvió habilitar la feria judicial en curso con el fin de que adopten una serie de medidas tendientes al cumplimiento de la cautelar que suspendió preventivamente el funcionamiento de las plataformas de delivery a través de plataformas tecnológicas, que había sido confirmada por la Cámara de Apelaciones del fuero el día 10 de julio de 2019.
 
LA resolución se dictó luego que el sindicato informara al Juzgado de Gallardo de los hechos que ocurrieron el pasado 29 de julio, cuando un repartidor de Glovo sufrió un accidente en la vá pública, y desde la aplicación le solicitaban unicamente que saque una foto del producto.
 
Por medio de un comunicado difundido por el sitio iJudicial, Gallardo explicó que su resolución tiene por objeto regularizar las prestaciones de las empresas conforme el marco legal vigente y la medida cautelar ratificada por la sentencia de la Cámara de Apelaciones; impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores; prevenir y evitar situaciones que conlleven daños a la salud de la población por la eventual manipulación indebida de alimentos; y prevenir y evitar la distorsión de los sistemas de distribución a fin de que no sean utilizados para consumar ilícitos.
 
En su resolución, Gallardo dispuso que las operadoras de tarjeta de crédito Visa Argentina S.A., Mastercard Cono Sur S.R.L., Tarjeta Naranja S.A. y American Express Agentina S.A. dispongan "la inmediata suspensión" y bloqueo de las operaciones que por medio de estas operadoras de pago efectúen las empresas Rappi Arg. S.A.S., Kadavra S.A.S. (Glovo) y Repartos Ya S.A. (Pedidos Ya), en territorio porteño..
 
De esa forma, se ordenó suspender todo envío transportado por personal dependiente de las empresas RAPPI, GLOVO, y PEDIDOS YA que no respeten íntegramente los requisitos legales y judiciales establecidos. Además, las empresas autodenominadas plataformas serán sancionadas con el pago de pesos diez mil ($10.000) por cada infracción verificada; y serán bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia.
 
Además, las empresas autodenominadas plataformas deberán entregar a la Justicia en el término de dos días: una lista completa de su personal; la constancia de haber entregado por su cuenta y cargo a la totalidad del personal los implementos de seguridad vial exigidos por la ley (casco, indumentaria para visualización nocturna, fijación de caja en rodado); la acreditación de que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente, y las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART.


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