NOTA22.COM TV

Las fotos no prueban una relación

Miércoles 07 de Agosto 2019

La Cámara de la Seguridad Social resolvió que resultan insuficientes para acceder al beneficio de pensión por fallecimiento las pruebas consistentes en fotos y testimoniales con la que se pretende acreditar la relación de la pareja y domicilio en común​.
En los autos “Madiedo Susana Graciela c/ ANSES s/ pensiones”, la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social rechazó la solicitud de pensión de una mujer por fallecimiento de su pareja, cuya relación intentó probar con fotografías y testimonios de allegados.
 
Para los miembros del Tribunal, Luis René Herrero y Nora Carmen Dorado, la mujer dejó transcurrir un lapso muy prolongado para hacer valer los derechos, los cuales si bien son imprescriptibles, la tardanza denota desinterés de su parte en el ejercicio y goce de un derecho de naturaleza prestacional.
 
El fallo sostiene que quien intenta acreditar un concubinato a los fines previsionales debe demostrar la notoriedad, singularidad y permanencia de la unión que invoca.
 
“Resulta insuficiente a las pretensiones de la peticionante, la mera aseveración de haber existido tal vínculo, si esa circunstancia no aparece seria y convincentemente demostrada, en base a hechos objetivos, certeros, precisos, tanto respecto al tiempo como al lugar de ocurrencia, pasados ante cualquier funcionario o autoridad o, volcados en instrumentos públicos o privados con fecha cierta”, sostuvieron los jueces.
 
En esa línea, los camaristas agregaron que más allá que las declaraciones de los testigos sean coincidentes al afirmar que el causante y la peticionante se daban públicamente el trato de marido y mujer, "ello resulta insuficiente para la obtención del beneficio de pensión pretendido "en cuanto si bien dicha circunstancia puede probarse por cualquier medio previsto en la legislación vigente".
 
"Tratándose de prueba testimonial, la misma deberá ser corroborada por otras de carácter documental”, por lo que “la prueba testimonial no puede ser la única que ofrezca el peticionario de pensión”, detalla la sentencia.
 
Finalmente, los magistrados detallaron que “concubina o quien pretende serlo, que solicita el beneficio de pensión derivado del fallecimiento de una persona con la cual alega haber mantenido una relación convivencial en los términos de la ley 23.570, debe aportar elementos de aquilatado valor convictivo, no siendo suficiente el nacimiento de un hijo de ambos, ya que ésta última circunstancia no permite inferir "per se" la convivencia en los términos de la citada ley, ni el aporte de testigos, sin otros medios probatorios que los avale, suple esta orfandad probatoria”.
 
El fallo sostiene que quien intenta acreditar un concubinato a los fines previsionales debe demostrar la notoriedad, singularidad y permanencia de la unión que invoca.

Con información de Diario Judicial

NOTA22.COM

Alberto Fernández, duro contra Milei: ironías con Conan y las fuerzas del cielo y dudas sobre la salud mental del Presidente

El expresidente arremetió luego de que el libertario lo tildara de "títere". "Su ajuste es inhumano, brutal y fundamentalmente innecesario", afirmó.

López Murphy, contra Milei: "Pretendería que nuestro presidente sea maestro, no un carrero"

El diputado de Hacemos Coalición Federal criticó el discurso del mandatario en la cena de la Fundación Libertad. Además, expuso sus diferencias con el Gobierno.

Andrés Larroque: “Estamos en una etapa política con una crisis muy profunda de representación y Milei la aprovechó”

El ministro de Desarrollo de la Provincia de Buenos Aires aseguró que el peronismo está “en un tiempo de reencuentro” y que Kicillof es una “figura de peso con proyección nacional”.

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
NOTA22.COM TV
Nota22.com

LO MÁS VISTO
El Gobierno de Santa Fe baja en la ponderación social y política
Pullaro está dilapidando rápidamente su capital político. Puede que la mayor dificultad la encuentre entre sus colaboradores.
El presidente hablará esta noche a las 21hs. sobre el primer trimestre fiscal y con énfasis en los superávits gemelos.
La presidenta de la Cámara de Diputados provincial, Clara García, puso de relieve la sanción del proyecto por el cual se establece un marco para los usuarios santafesinos que produzcan electricidad para inyectar a la red de distribución y adhiere a la ley nacional de generación distribuida de energía renovable.
Mediante un decreto, y en medio de la crisis económica del país, el Javier Milei le dio al exconductor y a su hermana el rango de ministros y aumentos en sus salarios, cobrando más de 3,5 millones de pesos. Vale recordar que el vocero presidencial, Manuel Adorni, también recibió una gran suba de sus ingresos.

arrow_upward