0 km y 500 problemas
Martes 13 de
Agosto 2019

La Justicia de Neuquén confirmó que un fabricante y una concesionaria automotriz son responsables solidariamente ante la falla grave detectada en un vehículo con menos de 500 kilómetros de uso. El desperfecto técnico tuvo lugar a los tres días de adquirido.
El fabricante y la concesionaria automotriz son responsables ante la falla grave detectada en un vehículo con menos de 500 kilómetros. Así lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén en los autos "C. O. M. E. y otro C/ Ford Argentina SCA y otro S/ D. y p. derivados de la responsabilidad contractual de particulares".
Según consta en la causa, el desperfecto técnico tuvo lugar a los tres días de haber sido retirada la camioneta de la concesionaria, y habiendo circulado menos de 500 kilómetros. El perito interviniente aclaró que “era un motor nuevo, no es concebible su reparación”.
Además, según el perito, la manguera de refrigeración se desprendió a causa de “falta de cuidado y de control al armar el motor”. En este escenario, los jueces entendieron como acertado la entregar una unidad nueva, tal como resolvió el juez de grado, frente a la falla grave detectada en el motor, que provocó su “sobrecalentamiento y consecuentes daños internos, y la persistencia de este problema por falta de reparación ni solución”.
“Parece lógico que quien adquiere un automóvil nuevo, aún dándole un uso intensivo, aspire a que durante los primeros años ese rodado funcione sin inconvenientes, requiriendo sólo de un mantenimiento mínimo”, añadió la Alzada.
Los jueces advirtieron que la camioneta "no volvió utilizarse desde que apareció la falla y que las demandadas fueron anoticiadas inmediatamente del desperfecto" pero “no brindaron solución alguna”. Según expresó el perito actuante, tampoco “era viable la reparación del motor”.
También señalaron la “despreocupación y desinterés de las accionadas en dar solución al problema que afligía al actor; no habiendo siquiera dado respuestas concretas, ni intentado revisar la camioneta para interiorizarse sobre la falla presentada a solo tres días de haber sido adquirida”.
Por último, los vocales destacaron que “ni siquiera se intentó examinar la camioneta, a fin de proponer una solución lógica frente a la grave avería detectada a poco de haberle sido entregada al consumidor”.
Según consta en la causa, el desperfecto técnico tuvo lugar a los tres días de haber sido retirada la camioneta de la concesionaria, y habiendo circulado menos de 500 kilómetros. El perito interviniente aclaró que “era un motor nuevo, no es concebible su reparación”.
Además, según el perito, la manguera de refrigeración se desprendió a causa de “falta de cuidado y de control al armar el motor”. En este escenario, los jueces entendieron como acertado la entregar una unidad nueva, tal como resolvió el juez de grado, frente a la falla grave detectada en el motor, que provocó su “sobrecalentamiento y consecuentes daños internos, y la persistencia de este problema por falta de reparación ni solución”.
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Con información de
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