Oficial: rige el aumento del dólar para algunas importaciones y precio diferencial para el agro

Lunes 24 de Julio 2023

La cartera liderada por Sergio Massa difundió el paquete que se aplica desde este lunes y que va en línea con lo negociado con el FMI para cerrar un acuerdo, tras el pedido del organismo para fortalecer reservas, unificar tipos de cambio y mejorar el frente fiscal.
Después del anuncio del acuerdo técnico con el Fondo Monetario Internacional, el Gobierno formalizó este lunes la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios y el aumento de $300 a $ 340 del tipo de cambio diferencial para las exportaciones de economías regionales y maíz, sorgo y girasol, entre otros.
 
La oficialización del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios se hizo a través del decreto 377/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
 
El mismo precisó que no se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto. 
 
Así se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de todos los servicios en el exterior, excepto fletes, que se aplicará una alícuota del 7,5%; salud y educación, que quedan exentos; y los recitales, que ya pagan 30%.
 
El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al Mercado Libre de Cambios, y no se aplica si se paga con dólares propios. 
 
Además, un impuesto PAIS del 7,5% también se aplicará a la compra de dólares para la importación de bienes, pero no se aplica si se paga con dólares propios, excepto medicamentos y material para combatir el fuego, combustibles, lubricantes, vinculados a la generación de energía, y a la cadena de componentes de la canasta básica alimentaria.
 
Este impuesto se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca, y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego. Por su parte, los bienes suntuarios siguen pagando 30% de impuesto.Asimismo, no se aplica el impuesto a las importaciones temporales (como automotriz o el sector agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo. Por ejemplo, se tendrá que vender la camioneta antes de comprar las baterías.
 
Por otra parte, este lunes también se formalizó el aumento de $ 300 a $ 340 del tipo de cambio diferencial para las exportaciones de economías regionales y maíz, hasta el 31 de agosto, a través del decreto 378/2023 publicado en el Boletín Oficial.
 
El mismo modifica la tercera edición del Programa de Incremento Exportador (PIE) que se lanzó a principios de abril, y el Gobierno destacó que lo hace “como una forma de mejorar los ingresos fiscales, afectados por la sequía”.
 
“Es necesario continuar la implementación de políticas que tiendan al fortalecimiento de las reservas del Banco Central (BCRA), estimulando la generación de ingresos genuinos del Estado nacional, producto de la exportación de mercaderías con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional”, indicó el decreto.
 
Según estimaciones oficiales, los ingresos que podría liquidar el sector agrícola rondaría unos US$ 2.000 millones, con la aplicación de este tipo de cambio diferencial. Al respecto, el decreto subrayó que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales por la suba en los precios de combustibles y la energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas, considerando el contexto internacional actual”.
 
Dólar ahorro: la oficialización del aumento
El Decreto N.º 377/2023 extiende el alcance del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS) a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera, tanto para atesoramiento como para el pago de obligaciones por la adquisición de servicios personales, culturales y recreativos, servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, e importaciones de mercaderías.
 
El impuesto se aplicará a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera. La alícuota del impuesto será del 25% para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento, y del 7,5% para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago de obligaciones.
 
Dólar ahorro: el destino de los impuestos aplicados al tipo de cambio
De acuerdo con el artículo 5 del Decreto del impuesto que se recaude, de manera incremental, por aplicación de las disposiciones, deberá distribuirse de la siguiente manera:
 
-El SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65 %): al financiamiento de Programas a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES);
 
-El CINCO POR CIENTO (5 %): al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), para cubrir sus prestaciones,
 
-El TREINTA POR CIENTO (30 %): se asignará de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º del Decreto N.º 184 del 26 de febrero de 2020.
Con información de CBA24N

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