Doble pensión de Cristina Kirchner: piden una nueva intervención en una causa judicial

Por: Silvia Stang
Miércoles 06 de Marzo 2024

La legisladora porteña Graciela Ocaña le solicitó a la Oficina Anticorrupción que arbitre los medios para actuar como querellante en un juicio iniciado en 2021 contra la entonces directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, que dispuso la restitución de una prestación antes suspendida; qué dice aquella denuncia
La legisladora de la Ciudad de Buenos Aires Graciela Ocaña, le solicitó a la Oficina Anticorrupción que arbitre los medios para intervenir como querellante en una causa judicial iniciada en 2021 contra la exdirectora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta. Se trata de un juicio impulsado por la mencionada dirigente política -entonces diputada de la Nación-, luego de que el organismo de la seguridad social comenzara a pagarle a la expresidente Cristina Kirchner la asignación vitalicia -considerada de privilegio- que, durante la gestión macrista, había sido suspendida, bajo el argumento de que es incompatible percibir a la vez dos prestaciones de la ley 24.018 (la normativa que regula los pagos para expresidentes y exvicepresidentes). El litigio en cuestión es por “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y por malversación de caudales públicos”.
 
Cristina Kirchner cobra doble asignación vitalicia desde marzo de 2021. Y, tal como informó LA NACION el 28 de febrero, el mes pasado el importe liquidado por ambas prestaciones sumadas trepó a $14.548.836,38 en bruto, en tanto que en términos netos el monto fue de $9.448.101,84. De manera desagregada, la asignación como expresidente fue de $8.107.506,01 (bruto) y de $5.264.702,94 (neto), en tanto que la asignación por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner fue de $6.441.330,37 (bruto) y de $4.183.398,90 (neto). La información le fue aportada por la Anses a LA NACION, en respuesta a un pedido de acceso a información pública según el mecanismo previsto por la ley 27.275.
 
En una nota dirigida a Alejandro Melik, titular de la Oficina Anticorrupción, Ocaña recuerda que la denuncia contra Raverta se realizó en noviembre de 2021, y que se debió al desistimiento, por parte de la Anses, de la apelación previamente hecha contra una sentencia judicial de primera instancia, en la cual el juez Ezequiel Pérez Nami favoreció a Cristina Kirchner. Aquel fallo fue en respuesta a la presentación judicial hecha en 2017 por la expresidente, contra una resolución de la entonces ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, que había suspendido el pago de una de las dos asignaciones.
 
“Este accionar ilegal por parte de la entonces directora ejecutiva de la Anses denota que prioriza su vínculo de lealtad con Cristina Fernández de Kirchner por sobre sus deberes de funcionaria pública”, señala la nota de Ocaña, en referencia a la decisión de habilitar la restitución de la prestación de privilegio hasta entonces suspendida, en momentos en que un juicio sobre el tema estaba en trámite (como lo está, todavía, hasta el día de hoy).
 
Y agrega: “No contenta con haber desistido de la apelación contra la sentencia de primera instancia, dejando indefenso al Estado Nacional y perjudicando en más de 9 millones de pesos mensuales las arcas de la Anses, a partir de la Resolución COM -A 02503/21 de fecha 3 de marzo de 2021, la Anses que dirigía María Fernanda Raverta decidió restituirle a Cristina Fernández de Kirchner la doble jubilación de privilegio. Además de ilegal, el accionar de la Anses de abandonar la defensa de los intereses del Estado Nacional es impúdico, ya que en casi todos los juicios de reajuste -por sumas muy inferiores a las que percibe Cristina Fernández de Kirchner-, la Anses lleva el caso hasta la Corte Suprema de Justicia, dilatando el pago durante tantos años que muchas veces los actores fallecen antes de cobrar la jubilación que le corresponde”.
 
Régimen para expresidentes
Las dos prestaciones que percibe la expresidente surgen del régimen de asignaciones vitalicias para exfuncionarios regulado por la ley 24.018, que en su artículo 5 indica que la percepción de la asignación para quienes ejercieron la presidencia o la vicepresidencia “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho de los interesados a optar” por uno de los beneficios. Y la propia ley menciona como “pensiones” a las prestaciones derivadas del fallecimiento de un expresidente.
 
En su discurso de inauguración del año legislativo, el 1° de este mes, el presidente Javier Milei dijo que impulsará la eliminación de ese sistema previsional de privilegio (el cobro de prestaciones, que son de altos montos, no requiere del cumplimiento de requisitos de edad ni de cantidad de aportes).
 
En una de sus versiones, el proyecto de la llamada “ley de bases” que el Poder Ejecutivo envió al Congreso y cuyo tratamiento quedó inconcluso, ya incluía la propuesta de derogación, que implicaría que no cobren esas asignaciones quienes sean presidentes y vicepresidentes de ahora en más.
 
No se darían de baja las prestaciones en curso de pago que, tal como se informó días atrás, favorecen a 11 personas, entre expresidentes (Mauricio Macri; Cristina Kirchner -que cobra como expresidente y como viuda de expresidente-, Adolfo Rodríguez Saá -quien ejerció el cargo durante una semana- y María Estela Martínez de Perón); exvicepresidentes (Gabriela Michetti, Amado Boudou -condenado por la Justicia- y Julio Cobos); viudas de expresidentes (Inés Pertiné, por Fernando de la Rúa; Zulema Yoma, por Carlos Menem, y Bety Nelly Andrés, por Roberto Levingston), y una hija de expresidente (Amalia Carmen Guido, por José María Guido).
 
La denuncia contra Raverta
La denuncia de Ocaña hecha en 2021 contra Raverta fue presentada ante la Justicia Criminal y Correccional Federal. La exdiputada también tiene hecha una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hecha tras la negativa de la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social para habilitarla a intervenir, en calidad de “tercero”, en la causa judicial iniciada por Cristina Kirchner para recuperar el cobro de una segunda prestación de privilegio (algo que, como se explicó, la expresidente consiguió, aun sin que el juicio haya finalizado), dado el interés público del tema que está en discusión.
 
Según había argumentado Ocaña en aquel momento, “Raverta y [Carlos] Zannini dictaron actos contrarios a la ley para engrosar el ya abultado patrimonio de la Sra. Fernández, y esta se apropió de caudales públicos que no debía recibir”, porque comenzó a cobrar algo mientras se estaba discutiendo en la Justicia si correspondía o no. Zannini, entonces Procurador del Tesoro, había emitido un dictamen a favor de lo pretendido por Cristina Kirchner, y esa fue la base sobre la cual Raverta restituyó la prestación antes suspendida. En ese entonces, el fallo de primera instancia también favorable a la expresidente tenía sus efectos suspendidos, ya que la propia Anses había apelado (luego de que hiciera lo mismo un grupo de legisladores de la oposición, entre quienes estaba Ocaña).
 
La legisladora calificó las acciones de entonces de la Anses como de una “perversidad manifiesta”, porque el organismo “actuó en contra de sus intereses –los que debe proteger y defender-, que es como decir [que actuó] en contra de los miles de jubilados que tienen sus beneficios frenados [o las mejoras dispuestas para esos beneficios] por apelaciones insostenibles de la propia Anses”.
 
Según se recuerda en aquella denuncia, la Anses desistió de la apelación hecha contra el fallo de primera instancia de Pérez Nami solo meses después de haber comenzado a abonar las dos prestaciones a la vez, que era lo que Cristina Kirchner pretendía. Eso ocurrió porque, en medio de un juicio y con los efectos del fallo de primera instancia suspendidos (como consecuencia de la apelación que había presentado la propia Anses), se restituyó, mediante una resolución, el beneficio cuyo pago había quedado suspendido en 2016.
 
La suspensión del pago dispuesta por la ministra de Desarrollo Social del gobierno macrista, Carolina Stanley, invocaba la ya mencionada incompatibilidad de percibir a la vez las dos prestaciones al mismo tiempo.
 
En la letra de la resolución por la cual la Anses volvió a liquidar ambos pagos a favor de la vicepresidenta de la Nación, se argumenta que se le pidió opinión a la Procuración General del Tesoro, entonces a cargo del kirchnerista Zannini, y que desde esa dependencia se emitió un dictamen con una interpretación del artículo 5° favorable al pedido de la vicepresidenta.
 
Contradicción y arbitrariedad
Para Ocaña, el acto de desistir de la apelación para que la causa judicial no siguiera su curso, demuestra que se actuó “de forma contradictoria y manifiestamente arbitraria, para beneficiar los intereses de la expresidenta por sobre los intereses del Estado Nacional y el resguardo del erario público”. La denuncia hecha en 2021 y para la cual ahora se pide apoyo de la Oficina Anticorrupción sostiene que el desistimiento de la apelación por parte de la Anses (un hecho nada habitual) no incluye una justificación, lo cual “es argumento suficiente para considerar que el accionar de la Anses en esta causa es nulo”.
 
Ocaña también apuntó en su momento contra la participación misma que tuvo Raverta en la cuestión, dado su vínculo con Cristina Kirchner. Y considera que por su relación personal “se encontraba obligada a excusarse”, según la letra del artículo 1 del decreto 201 del año 2017, que está referido a cómo se debe actuar en litigios contra el Estado.
 
Al margen de la discusión por la validez de cada paso dado y por la interpretación de las normativas, Ocaña sostiene en su denuncia de dos años y medio atrás que “hay una dimensión moral que no califica en ningún argumento jurídico, por estos tiempos se lo llama empatía. No puedo dejar de preguntarme: ¿era necesario litigar contra un estado fundido en pos de obtener un beneficio propio?”.

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