Extienden la emergencia económica a 2021: los puntos que deberá garantizar el Gobierno
Lunes 28 de
Diciembre 2020
El Gobierno oficializó hoy su decisión de prorrogar por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2021, la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
De esta manera, la gestión de Alberto Fernández deberá promover la reactivación productiva, generar incentivos, propiciar un contexto de "sostenibilidad fiscal", impulsar la recuperación de salarios, garantizar el acceso de medicamentos, entre otras funciones.
La decisión se oficializó a través del Decreto 1042/2020 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Educación, Nicolás Trotta, y de Economía, Martín Guzmán.
Con el decreto, el Poder Ejecutivo prorrogó desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, el plazo fijado en el primer párrafo del artículo 24 de la Ley N° 27.541 y sus modificatorias.
Además de declarar la emergencia, la denominada Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública delega en el Poder Ejecutivo nacional facultades extraordinarias con plazo fijado para su ejercicio.
¿Qué contempla la emergencia económica?
Con ese marco, el Gobierno deberá garantizar el cumplimiento de los principales puntos de la Ley de Solidaridad:
Crear condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos;
Reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva y reordenar el funcionamiento de los entes reguladores del sistema para asegurar una gestión eficiente de los mismos;
Promover la reactivación productiva, poniendo el acento en la generación de incentivos focalizados y en la implementación de planes de regularización de deudas tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social para las micro, pequeñas y medianas empresas;
Crear condiciones para alcanzar la sostenibilidad fiscal;
Fortalecer el carácter redistributivo y solidario de los haberes previsionales considerando los distintos regímenes que lo integran como un sistema único, con la finalidad de mejorar el poder adquisitivo de aquellos que perciben los menores ingresos;
Procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social, el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no trasmisibles; atender al efectivo cumplimiento de la ley 27.491 de control de enfermedades prevenibles por vacunación y asegurar a los beneficiarios del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y del Sistema Nacional del Seguro de Salud, el acceso a las prestaciones médicas esenciales;
Impulsar la recuperación de los salarios atendiendo a los sectores más vulnerados y generar mecanismos para facilitar la obtención de acuerdos salariales.
La decisión se oficializó a través del Decreto 1042/2020 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Educación, Nicolás Trotta, y de Economía, Martín Guzmán.
Con el decreto, el Poder Ejecutivo prorrogó desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, el plazo fijado en el primer párrafo del artículo 24 de la Ley N° 27.541 y sus modificatorias.
Además de declarar la emergencia, la denominada Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública delega en el Poder Ejecutivo nacional facultades extraordinarias con plazo fijado para su ejercicio.
¿Qué contempla la emergencia económica?
Con ese marco, el Gobierno deberá garantizar el cumplimiento de los principales puntos de la Ley de Solidaridad:
Crear condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos;
Reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva y reordenar el funcionamiento de los entes reguladores del sistema para asegurar una gestión eficiente de los mismos;
Promover la reactivación productiva, poniendo el acento en la generación de incentivos focalizados y en la implementación de planes de regularización de deudas tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social para las micro, pequeñas y medianas empresas;
Crear condiciones para alcanzar la sostenibilidad fiscal;
Fortalecer el carácter redistributivo y solidario de los haberes previsionales considerando los distintos regímenes que lo integran como un sistema único, con la finalidad de mejorar el poder adquisitivo de aquellos que perciben los menores ingresos;
Procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social, el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no trasmisibles; atender al efectivo cumplimiento de la ley 27.491 de control de enfermedades prevenibles por vacunación y asegurar a los beneficiarios del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y del Sistema Nacional del Seguro de Salud, el acceso a las prestaciones médicas esenciales;
Impulsar la recuperación de los salarios atendiendo a los sectores más vulnerados y generar mecanismos para facilitar la obtención de acuerdos salariales.
Con información de
Bae Negocios
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