Fuerte reducción de los salarios docentes por aplicación del impuesto a los ingresos (ex-impuesto a las ganancias)
Lunes 06 de
Mayo 2019

El Impuesto a los Ingresos (anteriormente denominado Impuesto a las Ganancias) es una preocupación constante y creciente que afecta año a año a una mayor cantidad de docentes. Este verdadero impuesto al trabajo, genera principalmente dos grandes perjuicios a los trabajadores docentes.
El primero es que reduce el poder adquisitivo del salario de manera alarmante. Los docentes alcanzados por este impuesto llegan a perder el equivalente a mas de un salario en el año. Otro perjuicio que genera la aplicación de este tributo es el hecho de que gran cantidad de docentes, especialmente los de mayor antigüedad y experiencia, desisten de ocupar cargos de conducción en las escuelas, dado que al ganar mas se les comienza a descontar este impuesto o se eleva el porcentaje que se les descuenta por el mismo, y la diferencia económica se torna muy exigua en relación con el cargo u horas cátedra que poseían antes de asumir el cargo directivo.
A continuación ofrecemos los siguientes ejemplos.
UDA
Docente sin cargas, sin variación anual en su situación de revista, con horas cátedra de nivel medio en CABA:
Incidencia del Impuesto a los ingresos en docentes con dos cargos (incluidos cargos directivos) en la Provincia de Santa Fe:
Los siguientes ejemplos son variaciones de docentes que trabajan dos cargos y/u horas cátedra. En el caso de los que poseen cargos directivos es evidente el mayor impacto del impuesto.
1) Docente, casado y sin hijos, con un cargo de Jefe General de Enseñanza Práctica mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica . 120% de antigüedad. Tributa: 7443,45 mensuales.
2) Docente sin hijos, con un cargo de Directora escuela primaria mas 17 horas cátedra con 120 % de antigüedad Tributa: 10.374 pesos.
3) Docente con dos cargos de Preceptor, con esposa y 2 hijos. 120% de antigüedad. Tributa: 3035,27 mensuales.
UDA
4) Docente con un cargo de Regente Técnico mas 15 horas cátedra. Con esposa y dos hijos. 80% de antigüedad. Tributa: 1773 pesos.
5) Docente con un Cargo de Jefe de Sección mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica. Con un hijo. 120% de antigüedad. Tributa: 8039 pesos mensuales.
6) Docente con un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica mas 24 horas cátedra. Con esposa. 120 % de antigüedad. Tributa. 5820 pesos mensuales.
7) Docente con dos cargos de Preceptor. Sin cargas de familia. 40% de antigüedad. Tributa: 1263 pesos mensuales.
Claramente el impacto del Impuesto a los Ingresos en los salarios docentes produce una distorsión grave, ya que el beneficio económico que debería traer aparejado el trabajar mayor cantidad de horas o el de asumir un cargo con mayores responsabilidades, se ve diluido por la aplicación de este tributo.
En la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la generalidad del impuesto comienzan a pagar ganancias los solteros que cobran de bolsillo 38.300 pesos y los casados dos hijos que perciban a partir de 50.668 pesos con la nueva normativa de enero de 2019. Con esta normativa y con el nuevo salario de marzo a cobrar en mayo un director de jornada simple de primera comienza a pagar ganancias a partir de los 20 años de antigüedad ya que cobraría 38800 y un profesor con 30 módulos y 10 años de antigüedad también comienza a pagar este tributo. O sea que aquel docente con poca antigüedad en el sistema que logra acumular 30 módulos, apenas con 10 años comienza a tributar.
A continuación ofrecemos los siguientes ejemplos.
UDA
Docente sin cargas, sin variación anual en su situación de revista, con horas cátedra de nivel medio en CABA:
Incidencia del Impuesto a los ingresos en docentes con dos cargos (incluidos cargos directivos) en la Provincia de Santa Fe:
Los siguientes ejemplos son variaciones de docentes que trabajan dos cargos y/u horas cátedra. En el caso de los que poseen cargos directivos es evidente el mayor impacto del impuesto.
1) Docente, casado y sin hijos, con un cargo de Jefe General de Enseñanza Práctica mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica . 120% de antigüedad. Tributa: 7443,45 mensuales.
2) Docente sin hijos, con un cargo de Directora escuela primaria mas 17 horas cátedra con 120 % de antigüedad Tributa: 10.374 pesos.
3) Docente con dos cargos de Preceptor, con esposa y 2 hijos. 120% de antigüedad. Tributa: 3035,27 mensuales.
UDA
4) Docente con un cargo de Regente Técnico mas 15 horas cátedra. Con esposa y dos hijos. 80% de antigüedad. Tributa: 1773 pesos.
5) Docente con un Cargo de Jefe de Sección mas un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica. Con un hijo. 120% de antigüedad. Tributa: 8039 pesos mensuales.
6) Docente con un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica mas 24 horas cátedra. Con esposa. 120 % de antigüedad. Tributa. 5820 pesos mensuales.
7) Docente con dos cargos de Preceptor. Sin cargas de familia. 40% de antigüedad. Tributa: 1263 pesos mensuales.
Claramente el impacto del Impuesto a los Ingresos en los salarios docentes produce una distorsión grave, ya que el beneficio económico que debería traer aparejado el trabajar mayor cantidad de horas o el de asumir un cargo con mayores responsabilidades, se ve diluido por la aplicación de este tributo.
En la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la generalidad del impuesto comienzan a pagar ganancias los solteros que cobran de bolsillo 38.300 pesos y los casados dos hijos que perciban a partir de 50.668 pesos con la nueva normativa de enero de 2019. Con esta normativa y con el nuevo salario de marzo a cobrar en mayo un director de jornada simple de primera comienza a pagar ganancias a partir de los 20 años de antigüedad ya que cobraría 38800 y un profesor con 30 módulos y 10 años de antigüedad también comienza a pagar este tributo. O sea que aquel docente con poca antigüedad en el sistema que logra acumular 30 módulos, apenas con 10 años comienza a tributar.
Con información de
UDA - PRENSA
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