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SANTA FE

El fiscal federal se opone a que el piloto paraguayo que comandaba la avioneta narco sea liberado

Jueves 27 de Febrero 2020

La defensa del hombre detenido tras estrellar la aeronave en la zona rural de San Justo pidió su excarcelación, pero el fiscal federal Walter Rodríguez se opuso al requerimiento y presentó los fundamentos de su rechazo.
El pasado sábado, una aeronave proveniente de Asunción se estrelló en la zona rural de San Justo y fue encontrada sin ocupantes. El piloto Juan Adrián F.G., de nacionalidad paraguaya pero con domicilio en Luján, provincia de Buenos Aires, se escondió en la ciudad de Santa Fe, donde contrató a un remís para que lo llevara hasta Resistencia (Chaco), con el objetivo de volver a su país. Finalmente, fue detenido sobre Ruta Nacional 11, a la altura de Gobernador Crespo.
 
Bajo la sospecha de haber trasladado estupefacientes, el piloto fue indagado este lunes en el Juzgado Federal N°2 de Santa Fe y quedó detenido. Posteriormente, su abogado defensor, Sebastián Gervasoni, pidió que sea excarcelado. El fiscal federal Walter Rodríguez se opuso a la solicitud y presentó un escrito en el que manifiesta sus argumentos, entre los que cita todas las condiciones que predisponen al riesgo de fuga y entorpecimiento probatorio por parte del imputado.
 
 
Arraigo:
 
"F.G. carece de arraigo laboral, dado que al momento de prestar declaración indagatoria manifestó encontrarse actualmente desempleado"
 
"Si bien el imputado manifestó domiciliarse en la localidad de Lanús, Provincia de Buenos Aires, con posterioridad al accidente protagonizado con la avioneta, el mismo abordó un vehículo de alquiler con destino a la provincia de Chaco, lo cual proyecta incertidumbre respecto a su verdadero lugar de residencia o, cuanto menos, impacta en las reales posibilidades de encontrarlo en ese lugar para el caso de resolverse su soltura".
 
Circunstancias y naturaleza del hecho:
 
"Aquí cabe señalar que si bien el mínimo establecido en la escala penal prevista en abstracto posibilitaría, en caso de recaer condena, la aplicación de una pena de ejecución en suspenso (art. 26 CP), teniendo en cuenta el máximo de la sanción prevista para el delito de confabulación –seis años de prisión–, sumado a las características del caso, estimo que de ninguna manera puede descartarse que eventualmente se aplique una condena de efectivo cumplimiento".
 
 
Comportamiento del imputado:
 
"De acuerdo a la prueba colectada en autos, F.G. conducía una aeronave en forma irregular, evitando así los controles de las autoridades pertinentes y en condiciones de absoluta clandestinidad".
 
"En tal ocasión sufrió un accidente e inmediatamente se alejó lugar del siniestro con el objetivo de lograr la impunidad de sus actos, para dirigirse a la ciudad de Santa Fe –ubicada a más de cien kilómetros de distancia– abandonando una aeronave que, según averiguaciones practicadas, tendría un valor significativo a los ojos de una persona desempleada en nuestro país, que ascendería aproximadamente a 60 mil dólares estadounidenses".
 
"Esto último es demostrativo de un potencial económico superior al alegado, posiblemente vinculado a la naturaleza de los hechos que constituyen materia de imputación, que se ve reflejado en movimientos migratorios incesantes producidos entre nuestro país, Uruguay, Brasil y Paraguay, a bordo de un vehículo particular".
 
"Otro punto para recordar es aquel relativo al viaje iniciado por el imputado con destino a la provincia de Chaco, pues de acuerdo a los dichos del conductor del automotor, el encartado pactó el costo del trayecto en la suma de $20.000, y abono al comienzo del mismo la mitad del precio, utilizando parte de los $30.000 en efectivo que tenía en su poder. Esta situación denota la premura que F.G. tenía para trasladarse hacia la zona norte del país, disponiendo de importantes recursos económicos para hacer frente a un viaje que podría haber efectuado mediante la utilización de medios de transporte de menor costo. De allí válidamente podemos inferir una mayor capacidad para profugarse, en tanto deviene improcedente atender sus alegadas restricciones económicas a los efectos de evaluar las reales posibilidades de acceder a recursos económicos incompatibles con el estado de desempleado".
 
 
"Conforme se desprende de los sucesos objeto de imputación, surgen indicios de que el imputado intentó desviar la investigación, principalmente en lo que refiere a la preservación de la escena del hecho sensiblemente afectada por la sustracción de material estupefaciente que habría trasladado la aeronave".
 
Provecho o continuidad del delito:
 
"Las circunstancias del caso objeto de estudio resultan compatibles con la existencia de una organización delictiva de proyección internacional, resultando inexorable la intervención de terceras personas que en este estado embrionario de la investigación aún no han sido identificadas".
 
"A su vez, no puede descartarse que el material estupefaciente transportado en la avioneta haya sido objeto de una operación mercantil, pudiendo el encausado eventualmente realizar conductas para asegurar su provecho, en caso de recuperar la libertad".
Con información de Aire de Santa Fe

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