AFIP confirma un beneficio retroactivo para trabajadores
Viernes 05 de
Mayo 2023
La AFIP informó que las exenciones al impuesto a las Ganancias negociadas con la CGT serán retroactivas a 2022
El Gobierno confirmó que las exenciones al Impuesto a las Ganancias serán retroactivas a todo el período fiscal 2022.
Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), "la exención del Impuesto a las Ganancias aplicada a ciertos conceptos salariales tales como bonos por productividad, fallos de caja, viáticos y horas extras, no requiere de gestión extra por parte del contribuyente, por lo que no debe realizarse la rectificación del F.572 web anteriormente presentado".
Las exenciones fueron negociadas con los sindicatos que conforman la Confederación General del Trabajo (CGT) a principios de abril, y representan una mejora salarial de bolsillo del 16% promedio, se comunicó entonces. Los principales beneficiados son docentes, policías, médicos, y empleados de la industria, el comercio y la construcción.
Los empleadores deberán reliquidar y reintegrar -en caso de corresponder- las deducciones de Ganancias en conformidad con los topes establecidos por la Resolución General Nº 5314/2023, respecto al año fiscal 2022 inclusive, sin necesidad de intervención de los trabajadores bajo relación dependencia, aclaró la AFIP en su página web.
La disposición establece que el beneficio de la excepción de esos adicionales solo aplicará a quienes cuya remuneración bruta mensual no supere los $ 808.124,73, mientras que el monto anual de deducción será de hasta $ 180.673,28 por cada uno de esos suplementos, es decir, unos $ 13.898 mensuales.
Deducciones y exenciones de Ganancias
La AFIP recordó que los gastos de movilidad, viáticos y cada compensación análoga son deducibles de acuerdo a lo previsto en la norma legal.
Asimismo, las horas extras en feriados, días no hábiles, días no laborables, fines de semana y de "descanso semanal" (cualquiera fuera el horario), "cuentan con la dispensa por el diferencial entre el valor de las horas ordinarias y el importe de las horas extraordinarias o la denominación que éstas tuvieran atento la particularidad de cada Convenio Colectivo de Trabajo, por ejemplo, horas por turnos rotativos".
Después de la suba del piso para tributar Ganancias hasta los $ 506.230 brutos mensuales, los contadores también están atentos a un posible aumento de entre 30% y 40% en las escalas del monotributo, que deberían actualizarse a partir del 1 de julio, dada la alta inflación en el primer semestre.
Quienes prestan servicios con categoría H, la más alta del monotributo, solo pueden facturar hasta $ 5.650.236,51 anuales para no salir del régimen.
Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), "la exención del Impuesto a las Ganancias aplicada a ciertos conceptos salariales tales como bonos por productividad, fallos de caja, viáticos y horas extras, no requiere de gestión extra por parte del contribuyente, por lo que no debe realizarse la rectificación del F.572 web anteriormente presentado".
Las exenciones fueron negociadas con los sindicatos que conforman la Confederación General del Trabajo (CGT) a principios de abril, y representan una mejora salarial de bolsillo del 16% promedio, se comunicó entonces. Los principales beneficiados son docentes, policías, médicos, y empleados de la industria, el comercio y la construcción.
Los empleadores deberán reliquidar y reintegrar -en caso de corresponder- las deducciones de Ganancias en conformidad con los topes establecidos por la Resolución General Nº 5314/2023, respecto al año fiscal 2022 inclusive, sin necesidad de intervención de los trabajadores bajo relación dependencia, aclaró la AFIP en su página web.
La disposición establece que el beneficio de la excepción de esos adicionales solo aplicará a quienes cuya remuneración bruta mensual no supere los $ 808.124,73, mientras que el monto anual de deducción será de hasta $ 180.673,28 por cada uno de esos suplementos, es decir, unos $ 13.898 mensuales.
Deducciones y exenciones de Ganancias
La AFIP recordó que los gastos de movilidad, viáticos y cada compensación análoga son deducibles de acuerdo a lo previsto en la norma legal.
Asimismo, las horas extras en feriados, días no hábiles, días no laborables, fines de semana y de "descanso semanal" (cualquiera fuera el horario), "cuentan con la dispensa por el diferencial entre el valor de las horas ordinarias y el importe de las horas extraordinarias o la denominación que éstas tuvieran atento la particularidad de cada Convenio Colectivo de Trabajo, por ejemplo, horas por turnos rotativos".
Después de la suba del piso para tributar Ganancias hasta los $ 506.230 brutos mensuales, los contadores también están atentos a un posible aumento de entre 30% y 40% en las escalas del monotributo, que deberían actualizarse a partir del 1 de julio, dada la alta inflación en el primer semestre.
Quienes prestan servicios con categoría H, la más alta del monotributo, solo pueden facturar hasta $ 5.650.236,51 anuales para no salir del régimen.
Con información de
Cronista