Proponen reducir la responsabilidad penal juvenil
Lunes 07 de
Agosto 2023
La iniciativa fue presentada por el diputado Alberto Asseff y tiene por objeto establecer la responsabilidad penal de los adolescentes mayores de 14 años de edad y menores de 18 años al momento de la comisión de un hecho delictivo.
El diputado nacional Alberto Asseff (Pro) presentó un proyecto para derogar la Ley 22.278 Régimen Penal de la Minoridad y crear un Sistema de responsabilidad penal juvenil que tiene por objeto establecer la responsabilidad penal de los adolescentes mayores de 14 años y menores de 18 años al momento de la comisión de un hecho.
El proyecto plantea que “la norma se aplicará al adolescente de CATORCE (14) años que cometiere algún delito reprimido con una pena máxima de CATORCE (14) años de prisión o más en el CÓDIGO PENAL o en las leyes especiales; y al mayor de DIECISÉIS (16) y menor de DIECIOCHO (18) años que cometiere un hecho previsto como delito de acción pública en el CÓDIGO PENAL y las leyes especiales, con excepción de aquellos reprimidos con pena máxima de prisión igual o menor a DOS (2) años, o sancionados con pena de multa o inhabilitación como pena principal. Sin embargo, aclara que “el adolescente no estará sujeto a sanción cuando desistiere voluntariamente del delito”.
La iniciativa busca “fomentar en el adolescente el sentido de la responsabilidad por sus actos y procurar su integración social. Con ese objetivo, este régimen comprenderá un abordaje integral, interdisciplinario y restaurativo”.
Respecto del proceso penal, establece que la duración máxima estará fijada en cada ley procesal y no deberá exceder el termino de tres años contados desde el acto de la formalización de la investigación preparatoria.
Además, propone una serie de sanciones socioeducativas, disciplinarias y privativas de la libertad, que serán determinadas de acuerdo a la lesión o peligro del bien protegido, la extensión del daño causado a la víctima, las causas que motivaron el delito, entre otras.
También propone la creación de una Oficina Nacional de Información sobre Niñez y Adolescencia en el ámbito del Registro Nacional de Reincidencia.
El proyecto plantea que “la norma se aplicará al adolescente de CATORCE (14) años que cometiere algún delito reprimido con una pena máxima de CATORCE (14) años de prisión o más en el CÓDIGO PENAL o en las leyes especiales; y al mayor de DIECISÉIS (16) y menor de DIECIOCHO (18) años que cometiere un hecho previsto como delito de acción pública en el CÓDIGO PENAL y las leyes especiales, con excepción de aquellos reprimidos con pena máxima de prisión igual o menor a DOS (2) años, o sancionados con pena de multa o inhabilitación como pena principal. Sin embargo, aclara que “el adolescente no estará sujeto a sanción cuando desistiere voluntariamente del delito”.
La iniciativa busca “fomentar en el adolescente el sentido de la responsabilidad por sus actos y procurar su integración social. Con ese objetivo, este régimen comprenderá un abordaje integral, interdisciplinario y restaurativo”.
Respecto del proceso penal, establece que la duración máxima estará fijada en cada ley procesal y no deberá exceder el termino de tres años contados desde el acto de la formalización de la investigación preparatoria.
Además, propone una serie de sanciones socioeducativas, disciplinarias y privativas de la libertad, que serán determinadas de acuerdo a la lesión o peligro del bien protegido, la extensión del daño causado a la víctima, las causas que motivaron el delito, entre otras.
También propone la creación de una Oficina Nacional de Información sobre Niñez y Adolescencia en el ámbito del Registro Nacional de Reincidencia.
Con información de
parlamentario.com