SANTA FE
Escuchas: los fiscales defienden su "independencia y autonomía funcional"
Miércoles 08 de
Noviembre 2017
En un comunicado, la Asociación de Fiscales y Fiscales Adjuntos del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe, Fiscalía Regional Uno mostró su preocupación por las críticas a los fiscales en investigaciones por posibles casos de corrupción.
Los fiscales salieron a reivindicar "la independencia y la autonomía funcional" del Ministerio Público de la Acusación luego de quedar en el centro de las escena por la filtración de las escuchas al ministro de Seguridad de la Provincia que fueron solicitadas por miembros de la Fiscalía Regional Uno. Incluso el juez de primera instancia, Nicolás Falkenberg, que autorizó la intervención telefónica, aseguró que en ningún momento se le informó que los números a intervenir correspondían a Maximiliano Pullaro.
En un comunicado, la Asociación de Fiscales y Fiscales Adjuntos del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe, Fiscalía Regional Uno, Personería Jurídica nº 1005/2017 hizo saber: "En el marco de la reunión celebrada en fecha 8 de noviembre de 2017,(se) ha resuelto exponer públicamente nuestra profunda preocupación por las declaraciones que son de conocimiento público relacionadas a actuaciones de Fiscales en ejercicio de sus funciones en relación a investigaciones llevadas adelante por posibles casos de corrupción".
"En tal sentido reivindicamos la independencia y autonomía funcional en la actuación de los Fiscales y Fiscales Adjuntos en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 13013 y cctes, que como actores judiciales, somos integrantes del Poder Judicial al que pertenece el Ministerio Público de la Acusación, como así también reivindicamos el sistema Republicano de Gobierno, el Estado de Derecho y el Principio de Igualdad ante la Ley", expresaron.
"La función de los Fiscales –continúa el texto–, únicos titulares de la acción penal pública, es investigar toda hipótesis de delito donde parezca verosímil el mismo a través de los medios de prueba que habilita el Código Procesal Penal".
Por último deslindan responsabilidades en los magistrados y argumentan: "Asimismo, remarcamos que las intervenciones telefónicas en todos los casos son solicitadas al juez que por turno corresponda que las dispone una vez confirmados los suficientes fundamentos legales".
Con información de
unosantafe