A fallar con perspectiva de género

Martes 29 de Noviembre 2022

La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado comenzará a discutir este martes un proyecto que busca modificar distintas leyes respecto de la inhibición, recusación y excusación de jueces en caso de tener una posición contraria a la perspectiva de género.
La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado de la Nación comenzará a tratar este martes el que será el último proyecto del año: una modificación a diversas leyes respecto de la inhibición, recusación y excusación de jueces en caso de tener una posición contraria a la perspectiva de género.
 
El proyecto consta de tres artículos y, en el primero, introduce en el artículo 55 de la Ley 23.984, que "el juez deberá inhibirse de conocer en la causa cuando exista uno de los siguientes motivos".
 
En lo referido a motivos de recusación, el proyecto sostiene que podrá ser válida "si manifiesta judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género".
 
 
 
 
 
En ese marco, se agrega como causa de inhibición "si manifiesta judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género". 
 
En lo referido a motivos de recusación, el proyecto sostiene que podrá ser válida "si manifiesta judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género".
 
Finalmente, se modifica el artículo 16 de la Ley 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres al sostener que los organismos del Estado deberán garantizar a las mujeres, en cualquier procedimiento judicial o administrativo, además de todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por la Nación Argentina, una serie de derechos y garantías.
 
Puntualmente establece que se garantice a las mujeres "a ser juzgadas con perspectiva de género y sin discriminación, contando con juzgadores y juzgadoras imparciales, siendo motivo de inhibición y recusación de magistrados y magistradas manifestar judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utiliza discursos de odio, o no respeta y hace respetar la ley de identidad de género".
 
"Las y los jueces que adopten una posición parcial contraria a valorar con perspectiva de género los casos sobre los que se informa, en cumplimiento de la doctrina sobre recusación que hemos desarrollado en las secciones anteriores, corresponde que se inhiban o apartarlos de las actuaciones", se lee en los fundamentos , ya que "la falta de reconocimiento de la identidad de género de los y las justiciables constituye trato discriminatorio que se traduce en criminalización y acoso por parte de las autoridades".
 
En ese sentido, se añadió: "cuando no respetan y no hacen respetar la ley de identidad de género, los y las magistradas no se expresan como jueces imparciales, o jueces sin una opinión respecto de los derechos de las personas trans. Por el contrario, esta práctica expresa la parcialidad en contra de los derechos consagrados legalmente".
 
"Esta creencia no es merecedora de respeto en una sociedad democrática, y es incompatible con los derechos humanos a la dignidad e igualdad ante la ley. Es por ello que el accionar de magistrados y magistradas que no respetan ni hacen respetar la Ley de Identidad de Género es incompatible con la dignidad humana y los derechos humanos", enfatizó el texto.
 
-----
 
https://www.diariojudicial.com/nota/93670/penal/a-fallar-con-perspectiva-de-genero.html

NOTA22.COM

Audiencias por la reforma de la Ley de Glaciares: comienza la primera jornada con 200 oradores presenciales

La Libertad Avanza diseñó un sistema mixto de dos jornadas: una presencial y otra virtual, rechazado por los ambientalistas y por algunos sectores opositores.

¿Qué es e Derecho procesal constitucional?

Para responder esta pregunta es necesario saber que el Derecho Procesal Constitucional es, en esencia, el "escudo de protección" de la Constitución. Mientras que el Derecho Constitucional nos dice qué derechos tenemos, el Procesal Constitucional nos dice cómo defenderlos cuando alguien intenta vulnerarlos.

Milei se reunió en Olivos con el ministro Mahiques para definir nuevas modificaciones en el Código Penal

El proyecto que el Gobierno enviará al Congreso en los próximos días reduce artículos y sube penas; no tocará la ley del aborto no punible, pero intentará cambiar la figura del femicidio

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com
Conducen: Maxi Romero y Carlos Renna

LO MÁS VISTO
El avance del "Súper El Niño": científicos alertan sobre un fenómeno que podría transformar el clima global y el régimen de lluvias en Argentina y la región
Entre medidados y fines de 2026 podría consolidarse el evento climático, con riesgo de temperaturas récord, eventos meteorológicos extremos y un giro decisivo en la dinámica de precipitaciones del Cono Sur
Se trata de la prohibición de toda actividad relacionada al cuidado de vehículos en la vía pública; de la modificación del art.66 del del Código Procesal Penal Juvenil; y de la adhesión a la Ley Nacional 27786: Organizaciones criminales
El nivel de personas que no tienen ocupación, están disponibles para trabajar y buscan empleo activamente se incrementó tanto en la comparación anual como trimestral.
Lo resolvió la Cámara de Apelaciones de Nueva York, hasta que se defina la cuestión de fondo.

arrow_upward