La AFIP vigila compras de motos, autos usados y departamentos: desde qué montos las controla.
Viernes 19 de
Mayo 2023

El organismo fiscalizador cambió las cifras para chequear la compra-venta de vehículos e inmuebles
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales deben reportarse operaciones de intermediación o compraventa de motos y autos usados, y de negociación, oferta o transferencia de inmuebles.
De esta manera, el organismo conducido por Carlos Castagneto optimiza la información que recibe de parte de contribuyentes inscriptos en los regímenes de información obligatorios para estas actividades. Además, estableció que a partir de ahora los ajustes se realizarán una vez al año en base a la variación anual que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Por medio de la Resolución General 5362/2023, la AFIP introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre sujetos que en forma habitual realicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir.
Al mismo tiempo, informó que “dispuso un incremento en el valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)”.
Los nuevos valores entran en vigencia el 1 de junio.
Las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados deberán informarse al organismo a partir de 1,1 millón de pesos cuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos. En la actualidad los montos mínimos obligatorios según el régimen de información de la actividad se ubican en los 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente. Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones de pesos a 9,4 millones de pesos, se precisó.
Por otro lado, la obligatoriedad para la obtención del CETA se incrementa desde los 2.400.000 pesos a los 4.500.000 pesos.
En ese sentido, “la nueva norma instrumenta ajustes una vez por año para estos montos de acuerdo a la variación interanual del IPC del Indec en octubre del período, en sintonía con la ley 27.667 que fijó el mecanismo de actualización para el mínimo no imponible del impuesto a los bienes personales”.
El experto en impuestos Sebastián Domínguez indicó que “son montos bajos y hay que informar muchas veces datos que la AFIP ya recibe por otro lado, por ejemplo a través de regímenes informativos, como los registros de la propiedad, así que no tiene mucho sentido esta carga administrativa que se le impone al contribuyente porque al fisco igual le va a llegar por otro lado”.
Control a tarjetas
Por otro lado, la AFIP ya actualizó este mes los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización se había realizado en 2022.
La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó hace diez días en el Boletín Oficial, incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 llevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Esto significa que cada compra que haga un usuario de tarjeta de débito -es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito- por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco o fintech que emitió ese plástico a la AFIP.
De esta manera, el organismo conducido por Carlos Castagneto optimiza la información que recibe de parte de contribuyentes inscriptos en los regímenes de información obligatorios para estas actividades. Además, estableció que a partir de ahora los ajustes se realizarán una vez al año en base a la variación anual que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Por medio de la Resolución General 5362/2023, la AFIP introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre sujetos que en forma habitual realicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir.
Al mismo tiempo, informó que “dispuso un incremento en el valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)”.
Los nuevos valores entran en vigencia el 1 de junio.
Las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados deberán informarse al organismo a partir de 1,1 millón de pesos cuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos. En la actualidad los montos mínimos obligatorios según el régimen de información de la actividad se ubican en los 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente. Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones de pesos a 9,4 millones de pesos, se precisó.
Por otro lado, la obligatoriedad para la obtención del CETA se incrementa desde los 2.400.000 pesos a los 4.500.000 pesos.
En ese sentido, “la nueva norma instrumenta ajustes una vez por año para estos montos de acuerdo a la variación interanual del IPC del Indec en octubre del período, en sintonía con la ley 27.667 que fijó el mecanismo de actualización para el mínimo no imponible del impuesto a los bienes personales”.
El experto en impuestos Sebastián Domínguez indicó que “son montos bajos y hay que informar muchas veces datos que la AFIP ya recibe por otro lado, por ejemplo a través de regímenes informativos, como los registros de la propiedad, así que no tiene mucho sentido esta carga administrativa que se le impone al contribuyente porque al fisco igual le va a llegar por otro lado”.
Control a tarjetas
Por otro lado, la AFIP ya actualizó este mes los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización se había realizado en 2022.
La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó hace diez días en el Boletín Oficial, incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 llevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Esto significa que cada compra que haga un usuario de tarjeta de débito -es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito- por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco o fintech que emitió ese plástico a la AFIP.
Con información de
Infobae
Michlig: “Con la media sanción de la nueva Ley Orgánica de Municipios estamos dando un paso histórico”
"El 93% de las localidades tendrá elecciones cada 4 años (340 localidades) y el resto (25 localidades) renovarán los concejos por mitades cada 2 años", explicó el presidente provisional del senado Felipe Michlig.
Un juez declaró inconstitucional un artículo clave de la reforma laboral
El magistrado Ricardo Giletta rechazó la validez constitucional del artículo 55 de la llamada Ley de Modernización Laboral. Ordenó que los créditos laborales se actualicen según el mecanismo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.
Ranking de inflación: en qué posición quedó Argentina en América Latina tras el dato de febrero
Mientras la mayoría de las economías de la región reportaron variaciones inferiores al 1% e incluso deflación, el IPC local consolidó la tendencia alcista que se inició en mayo de 2025

Suscribite!
Y recibí las noticias más importantes!
Y recibí las noticias más importantes!
Nota22.com
Conducen: Maxi Romero y Carlos Renna
LO MÁS VISTO
Pullaro desgasta rápidamente a los suyos: ¿el motivo?
No alcanzó con reformar la Constitución para asegurar la posibilidad de la reelección del Gobernador ¿Por qué desgasta políticamente a los propios? Sectores del socialismo analizan alejarse del frente oficialista. Mientras tanto muestran los dientes y enojo en algunos proyectos en trámites en la Legislatura.
Son instituciones para bebés de entre 45 días niños menores de 3 años, que desarrollan su actividad en el turno vespertino. La Ciudad de Buenos Aires, Mendoza y la localidad de Venado Tuerto (Santa Fe) cuentan con salas abiertas hace algunos años. Son clave para quienes trabajan de noche.
La ley fija la responsabilidad penal desde los 14 años y establece penas y medidas específicas para adolescentes en conflicto con la ley
El impacto del conflicto sobre la inflación argentina; la negativa del Presidente de colocar un bono; el problema de la caída en la recaudación; la alarma de Talvi; Mahiques en la Conmebol y en la FIFA; el abogado Jakim; el caso del juez Maraniello




