La Justicia rechazó la cautelar de la CGT contra el mega DNU de Milei porque todavía no entró en vigencia
Miércoles 27 de
Diciembre 2023
El juez laboral Ramonet sostuvo que en el decreto no existen “razones graves” para suspenderlo. Instó al gobierno a que en el plazo de tres días brinde una respuesta ante el amparo.
El juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet rechazó el pedido de medida cautelar “interina” que había planteado la Confederación General del Trabajo (CGT) para suspender la reforma laboral incorporada en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 de desregulación de la economía con el motivo de que el DNU aún no entró en vigencia.
Así lo decidió el magistrado al asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera. El fallo se dio en el marco de una masiva protesta contra el DNU de la CGT y otras organizaciones gremiales, políticas y sociales en Plaza Lavalle, frente al Palacio de Tribunales.
“En el supuesto traído a resolver, en el que se cuestiona la constitucionalidad del DNU 70/2023 en general, y de los aspectos laborales de dicho decreto en particular, y teniendo en cuenta que todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC), no encuentro que se den razones ‘graves y objetivamente impostergables’ (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar ‘interina’, considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia, y que, de hacerlo solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación”, sostuvo el magistrado en la resolución.
Así lo decidió el magistrado al asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera. El fallo se dio en el marco de una masiva protesta contra el DNU de la CGT y otras organizaciones gremiales, políticas y sociales en Plaza Lavalle, frente al Palacio de Tribunales.
“En el supuesto traído a resolver, en el que se cuestiona la constitucionalidad del DNU 70/2023 en general, y de los aspectos laborales de dicho decreto en particular, y teniendo en cuenta que todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC), no encuentro que se den razones ‘graves y objetivamente impostergables’ (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar ‘interina’, considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia, y que, de hacerlo solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación”, sostuvo el magistrado en la resolución.
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