La Ley Ómnibus abre la puerta al arancelamiento universitario para extranjeros
Jueves 28 de
Diciembre 2023
Dentro del extenso proyecto, que envió el presidente Javier Milei, hay un apartado que modifica la Ley de Educación Superior.
La Ley Ómnibus que envió este miércoles el gobierno nacional incluye un capítulo vinculado a las universidades estatales.
Bajo el título "Sección III Universidades-Privadas" marca la posibilidad del arancelamiento sobre estudiantes extranjeros.
El artículo 553 sustituye el artículo 2 bis de la Ley de Educación Superior que establece: "Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos".
El cambio que impulsa el presidente Javier Milei apunta a los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país.
"Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos. Las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero", expresa el proyecto oficial.
Asimismo se aclara que "dichos estudiantes podrán ser titulares de becas" e indica que abre la posibilidad a la suscripción "de acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, tendientes a compartir recursos de todo tipo e implementar las mejores prácticas en materia de educación y de gestión de organismos educativos, así como para fomentar intercambios y procesos educativos conjuntos o en asociación mutua”.
Bajo el título "Sección III Universidades-Privadas" marca la posibilidad del arancelamiento sobre estudiantes extranjeros.
El artículo 553 sustituye el artículo 2 bis de la Ley de Educación Superior que establece: "Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos".
El cambio que impulsa el presidente Javier Milei apunta a los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país.
"Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos. Las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero", expresa el proyecto oficial.
Asimismo se aclara que "dichos estudiantes podrán ser titulares de becas" e indica que abre la posibilidad a la suscripción "de acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, tendientes a compartir recursos de todo tipo e implementar las mejores prácticas en materia de educación y de gestión de organismos educativos, así como para fomentar intercambios y procesos educativos conjuntos o en asociación mutua”.
Con información de
CBA24N

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