Alesso, pretende una ley para que se cumpla la ley

Martes 13 de Junio 2017
Por: LA LECHUZA OLY
LA DIRIGENTE PRETENDE
LA DIRIGENTE PRETENDE "MECANISMOS DE APLICABILIDAD DEL ART. 10 DE LA LEY DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO"

En la República Argentina existe la división de poderes. Lo aprendemos tempranamente en nuestro tránsito por la escuela.

Según lo manifestó la propia Alesso, reclama “una nueva ley, con autoría de los gremios docentes (Ctera) y la Diputada Alcira Argumedo…, para que el Gobierno cumpla con la Ley, para que cumpla con la ley de paritaria, para que convoque con urgencia a todos los gremios docentes…”.
 
En detalle, el proyecto colgado en la página oficial de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, prevé “MECANISMOS DE APLICABILIDAD DEL ART. 10 DE LA LEY 26.075”. El dato es que la paritaria está vigente desde el año 2007.-
 
Es decir, una de la entidades que es parte de la paritaria nacional docente promueve un proyecto de ley para cumplir la ley vigente:  “1°: A fin de cumplir con lo establecido en el artículo 10° de la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, o el que en el futuro lo remplace deberá convocar al Ministerio de Educación y Deportes, al Consejo Federal de Educación, y a las entidades gremiales docentes con representación nacional, anualmente y/o las veces que fuere necesario, por si o ante la solicitud de cualquiera de las partes, con el fin de la determinación del salario mínimo docente, y los demás objetivos establecidos en la norma citada”.
 
En el mundo del derecho colectivo esto puede entenderse como una impericia jurídica y hasta estratégica, pues no es necesaria una ley -en el marco legal vigente en la Argentina- que ordene al Ministerio de Trabajo a que convoque a la paritaria docente “anualmente y/o las veces que fuere necesario”. 
 
Pues, la propia dirigente de los maestros -con este proyecto- parece poner en duda la obligación de convocar a paritarias por parte del Ministerio de Trabajo una vez solicitado por la parte gremial. La propia Alesso parece dar incertidumbre a las certezas de la normativa vigente.
 
Los sindicatos en su conjunto han realizado enorme cantidad de acciones gremiales para que se convoque a paritarias. Uno de ellos, litiga en la Justicia reclamando que se cumpla la Legislación. Pero Alesso optó por una medida política riesgosa, pretende un “mecanismo de aplicabilidad de la norma”. No sé cómo se aplicó durante años entonces… 
 
Pese a que la paritaria fue convocada ininterrumpidamente durante años, a excepción de este, el Proyecto que promueve “Sonia”, dice: “Art. 2°: A partir de la promulgación de la presente en el Boletín Oficial, el Ministerio de Educación y Deportes deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 1° en un plazo de cinco (5) días hábiles, garantizando el cumplimiento de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo 87, 98 y especialmente el 154 sobre fomento de la negociación colectiva, ratificado por la ley 23.544 y los principios de autonomía de la voluntad de las partes, libertad, buena fe, justicia social, primacía de la realidad, progresividad e indemnidad”.
 
Es decir, el proyecto de Ctera, enumera la normativa y principios vigentes. La dirigente parece haber tomado un camino errante y poco claro, que aporta confusión, casi diría que ayuda a la administración Macri que precisamente pretende esmerilar la certezas que erige la ley N° 26075 y Dec. Regl. 457/07 de paritaria docente. 
 
En fin, nada.
 
La Lechuza Oly.



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