Nuevo fallo judicial sobre la Secundaria del futuro
"Los pibes tenían razón"
Por:
Alejandra Hayon
Viernes 29 de
Marzo 2019
La reforma educativa planteada por el gobierno porteño y bautizada con el nombre de Secundaria del futuro avanza a los tumbos desde su presentación en sociedad a fines de 2017.
El nuevo plan de estudio que modificaba la currícula y el sistema de calificación y que implementaba pasantías obligatorias en el último año de cursada fue resistido por estudiantes, padres y docentes que presentaron distintos amparos para frenar su implementación. Un nuevo fallo judicial determinó que las prácticas educativas no pueden ser obligatorias porque eso violaría una ley porteña y remarcó la inexistencia de una resolución que “dé sustento jurídico” a la reforma. “Finalmente la Justicia le dio la razón a los pibes”, sostuvo el asesor tutelar Gustavo Moreno, quien acompañó los amparos.
En un extenso fallo, la jueza Cecilia Mólica Lourido aceptó el amparo presentado por la Asesoría General Tutelar, en representación de padres y estudiantes, y ordenó al gobierno porteño a dictar un “acto administrativo de alcance general” que apruebe los términos de la reforma como requisito para seguir adelante con la implementación del nuevo sistema en el ciclo lectivo 2020. El ministerio de Educación tendrá hasta julio para dictar la resolución. El fallo también le ordenó al Gobierno que se “abstenga de implementar prácticas educativas que no se ajusten a las disposiciones de la ley 3541”, por lo cual las pasantías no podrían ser obligatorias, como contemplaba la propuesta original.
A favor del Ministerio de Educación, la jueza dio por cumplido el acceso a la información que reclamaban padres y estudiantes, con las mesas de diálogo convocadas en el marco del proceso judicial, y confirmó que el Gobierno tiene la potestad de implementar una reforma educativa sin pasar por la Legislatura, aunque no sin emitir una resolución o acto administrativo como ocurrió.
“La jueza nos dio la razón porque dice que la reforma ni siquiera fue aprobada por una resolución y por eso les ordena a dictar un acto administrativo. También dice que las prácticas no pueden ser obligatorias porque ya hay una ley que dice que deben ser optativas. Para que fueran obligatorias, el Gobierno tiene que modificar la ley a través de la Legislatura”, reafirmó Moreno, sobre el resultado del fallo que hizo lugar al amparo.
El único punto que le dejó un sabor amargo al asesor tutelar fue el tema del acceso a la información, que la Justicia dio por concluido. En el resto de los puntos el fallo valida los reclamos de los estudiantes, que a fines de 2017 llegaron a tomar hasta 30 escuelas secundarias por considerar “ilegal e inconsulta” la reforma. “Al final, los pibes tenían razón, los criticaron tanto por las tomas, les metieron un protocolo para criminalizarlos, no reconocieron su participación y les dijeron que las pasantías serían obligatorias cuando expresamente una ley dice lo contrario. Hubo un desconocimiento y una desinformación propiciada por el mismo gobierno”, opinó el funcionario.
La reforma comenzó a implementarse el año pasado en 19 escuelas a modo de prueba piloto. Este año se sumó una veintena más que arrancó con el nuevo plan sólo para primer año. El fallo no suspende lo implementado para no afectar el año lectivo pero fija el 2020 como fecha límite. Antes, el Gobierno deberá presentar los términos de la reforma mediante el “acto administrativo de alcance general”.
Si bien el Ministerio minimizó el punto del fallo por ser una mera cuestión administrativa, la Justicia lo consideró como un hecho central ya que la información de la reforma educativa aparece desperdigada de forma desordenada por diferentes expedientes, actas y links del sitio web oficial. “No deja de llamar la atención la inexistencia de uno o varios actos administrativos que den sustento jurídico a los documentos que aquí fueron analizándose. Bastaría con algo tan simple como dictar un acto administrativo que los apruebe. Nada de ello ocurrió”, remarcó el fallo.
En este sentido, la jueza fijó el 1 de julio como fecha límite para dictar la resolución “en caso de persistir en su intención de implementar la Secundaria del futuro en el ciclo lectivo 2020 y los siguientes”. Esto evitaría, “situaciones de incertidumbre” ante un nuevo año escolar.
Desde el Ministerio Público de Defensa también remarcaron la importancia del fallo sobre todo en lo que refiere a las prácticas laborales. “La justicia porteña le ordenó al Gobierno de la Ciudad que se abstenga de implementar prácticas educativas laborales obligatorias, en tanto ello viola la ley 3.541 que dispone que tales prácticas deben ser voluntarias”, remarcaron desde el organismo que patrocinó a padres, estudiantes y docentes.
En el Ministerio de Educación hicieron su propia interpretación del fallo. “La sentencia no interrumpe nada. No suspende la implementación de la Secundaria del futuro, lo que confirma que la reforma está dentro de nuestras facultades”, dijeron sus voceros al ser consultados por este diario.
Sobre la falta de una resolución específica, desde el Ministerio remarcaron que se trata de un tema absolutamente administrativo y no descartaron presentar algún tipo de apelación. Lo mismo sostuvieron sobre las prácticas educativas, que recién empezarían a cumplirse dentro de tres años, cuando las primeras camadas del nuevo régimen lleguen al último año. “Llegado el momento podría evaluarse modificar o derogar la ley”, indicaron.
En un extenso fallo, la jueza Cecilia Mólica Lourido aceptó el amparo presentado por la Asesoría General Tutelar, en representación de padres y estudiantes, y ordenó al gobierno porteño a dictar un “acto administrativo de alcance general” que apruebe los términos de la reforma como requisito para seguir adelante con la implementación del nuevo sistema en el ciclo lectivo 2020. El ministerio de Educación tendrá hasta julio para dictar la resolución. El fallo también le ordenó al Gobierno que se “abstenga de implementar prácticas educativas que no se ajusten a las disposiciones de la ley 3541”, por lo cual las pasantías no podrían ser obligatorias, como contemplaba la propuesta original.
A favor del Ministerio de Educación, la jueza dio por cumplido el acceso a la información que reclamaban padres y estudiantes, con las mesas de diálogo convocadas en el marco del proceso judicial, y confirmó que el Gobierno tiene la potestad de implementar una reforma educativa sin pasar por la Legislatura, aunque no sin emitir una resolución o acto administrativo como ocurrió.
“La jueza nos dio la razón porque dice que la reforma ni siquiera fue aprobada por una resolución y por eso les ordena a dictar un acto administrativo. También dice que las prácticas no pueden ser obligatorias porque ya hay una ley que dice que deben ser optativas. Para que fueran obligatorias, el Gobierno tiene que modificar la ley a través de la Legislatura”, reafirmó Moreno, sobre el resultado del fallo que hizo lugar al amparo.
El único punto que le dejó un sabor amargo al asesor tutelar fue el tema del acceso a la información, que la Justicia dio por concluido. En el resto de los puntos el fallo valida los reclamos de los estudiantes, que a fines de 2017 llegaron a tomar hasta 30 escuelas secundarias por considerar “ilegal e inconsulta” la reforma. “Al final, los pibes tenían razón, los criticaron tanto por las tomas, les metieron un protocolo para criminalizarlos, no reconocieron su participación y les dijeron que las pasantías serían obligatorias cuando expresamente una ley dice lo contrario. Hubo un desconocimiento y una desinformación propiciada por el mismo gobierno”, opinó el funcionario.
La reforma comenzó a implementarse el año pasado en 19 escuelas a modo de prueba piloto. Este año se sumó una veintena más que arrancó con el nuevo plan sólo para primer año. El fallo no suspende lo implementado para no afectar el año lectivo pero fija el 2020 como fecha límite. Antes, el Gobierno deberá presentar los términos de la reforma mediante el “acto administrativo de alcance general”.
Si bien el Ministerio minimizó el punto del fallo por ser una mera cuestión administrativa, la Justicia lo consideró como un hecho central ya que la información de la reforma educativa aparece desperdigada de forma desordenada por diferentes expedientes, actas y links del sitio web oficial. “No deja de llamar la atención la inexistencia de uno o varios actos administrativos que den sustento jurídico a los documentos que aquí fueron analizándose. Bastaría con algo tan simple como dictar un acto administrativo que los apruebe. Nada de ello ocurrió”, remarcó el fallo.
En este sentido, la jueza fijó el 1 de julio como fecha límite para dictar la resolución “en caso de persistir en su intención de implementar la Secundaria del futuro en el ciclo lectivo 2020 y los siguientes”. Esto evitaría, “situaciones de incertidumbre” ante un nuevo año escolar.
Desde el Ministerio Público de Defensa también remarcaron la importancia del fallo sobre todo en lo que refiere a las prácticas laborales. “La justicia porteña le ordenó al Gobierno de la Ciudad que se abstenga de implementar prácticas educativas laborales obligatorias, en tanto ello viola la ley 3.541 que dispone que tales prácticas deben ser voluntarias”, remarcaron desde el organismo que patrocinó a padres, estudiantes y docentes.
En el Ministerio de Educación hicieron su propia interpretación del fallo. “La sentencia no interrumpe nada. No suspende la implementación de la Secundaria del futuro, lo que confirma que la reforma está dentro de nuestras facultades”, dijeron sus voceros al ser consultados por este diario.
Sobre la falta de una resolución específica, desde el Ministerio remarcaron que se trata de un tema absolutamente administrativo y no descartaron presentar algún tipo de apelación. Lo mismo sostuvieron sobre las prácticas educativas, que recién empezarían a cumplirse dentro de tres años, cuando las primeras camadas del nuevo régimen lleguen al último año. “Llegado el momento podría evaluarse modificar o derogar la ley”, indicaron.
Con información de
Página 12
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