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Críticas a la reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe impulsada por el gobernador Pullaro. Comentan el Dr. Rodolfo Mingarini y el Dr. Adrian Ruiz.

Penas altas: justicia o venganza

Por: Dr. Carlos D. Renna
Martes 22 de Julio 2025

Debería existir una sanción conminatoria de carácter civil para los fiscale o querellantes que solicitan una pena que no sea proporcional al hecho cometido.
En el sistema judicial argentino, una petición de pena exagerada puede ser sancionada con honorarios a cargo del peticionante, más precisamente, corregida por los tribunales. Esto se basa en varios principios fundamentales del derecho penal.

En primer lugar, existe el “Principio de Proporcionalidad de la sanción penal”, que es un pilar fundamental del derecho penal moderno. Establece que la pena impuesta debe ser proporcional a la gravedad del delito cometido y a la culpabilidad del autor.
Una petición de pena que excede lo razonable en relación con el hecho y las circunstancias del caso sería considerada desproporcionada.
En segundo lugar, los jueces tienen el deber de garantizar que las penas sean justas y no excesivas, buscando un equilibrio entre la necesidad de castigo, la prevención del delito y la resocialización del condenado.
En tercer lugar, si la fiscalía o alguna de las partes -querellante- pidiera una pena que claramente viola este principio, el tribunal debería rechazarla y aplicar una pena acorde, pudiendo cargar con costas al que pretendía una aplicación desproporcionada porque pretende ínsitamente una alteración del equilibrio del proceso y la justicia del caso.
En cuarto lugar, existe control Judicial y Recursos para su corrección.
El sistema judicial argentino cuenta con mecanismos para revisar y corregir sentencias que impongan penas desproporcionadas: de primera instancia a segunda instancia o a Casación según el sistema que se trate.
La pena debe ser justa, considerando las pruebas, los antecedentes del imputado, las circunstancias atenuantes y agravantes (según los artículos 40 y 41 del Código Penal) y, por supuesto, el principio de proporcionalidad. Si una de las partes pide una pena exagerada, el juez debe concederla y cargarlo con costas en ese planteo.
La imposición de una pena desproporcionada, que implique una errónea aplicación de los principios de la pena, podría ser un motivo para estos recursos mencionados.
Como última instancia, en casos extremos donde se alegue una violación de garantías constitucionales (como el debido proceso o el principio de legalidad y proporcionalidad de la pena), se puede recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través del recurso extraordinario.
Es sabido que en el sistema penal Argentino, en el marco legal cada delito tiene una escala penal mínima y máxima establecida por la ley. La pena individualizada por el juez debe ubicarse dentro de esos límites, según las circunstancias del caso como ser la modalidad del hecho, el grado de participación, el daño causado, los motivos, la actitud posterior del imputado, etc.
En resumen, debería haber en materia penal una multa o sanción directa para la parte que pide una pena exagerada, el sistema judicial argentino está diseñado para evitar que se impongan condenas que no respeten el principio de proporcionalidad. La labor de los jueces y la existencia de recursos judiciales son las herramientas clave para corregir cualquier intento de aplicar una pena desmedida.


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